Condenado por conducir sin carné con la música «como una discoteca móvil» de madrugada

La Voz OURENSE / LA VOZ

O BARCO DE VALDEORRAS

MIGUEL VILLAR

La sentencia propone abrir diligencias al hermano del acusado por un presunto delito de falso testimonio

27 nov 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

En vez de tratar de pasar desapercibido, que parece la actitud más normal si una persona conduce un coche pese a carecer de permiso para ello, Javier F. R. llevaba el Ford Mondeo de su madre con las ventanillas abiertas y «la música como una discoteca móvil a altas horas de la madruga», según la descripción de un agente de la Guardia Civil. La situación se produjo en O Barco el pasado 16 de septiembre, con la particularidad de que, además, el conductor era una persona a quien uno de los guardias conocía por actuaciones anteriores relacionadas con la seguridad ciudadana. Lo pararon, comprobaron la documentación y lo denunciaron. El atestado dio lugar a un procedimiento judicial y la sentencia, del Juzgado de lo Penal 1, ha condenado al joven valdeorrés, de 26 años, al pago de una multa de 1.800 euros.

La jueza cree, además, que el hermano del acusado cometió un delito de falso testimonio, al haber afirmado que era él quien estaba al volante en aquella ocasión, por lo que pide que se abra otra causa. Quien ha evitado la deducción de testimonio es la madre del implicado, a quien también veía el fiscal como candidata a una imputación por falso testimonio. La mujer había declarado que era ella quien conducía el Mondeo con el que se desplazaron hasta O Barco. Aparcó sobre las doce y media de la noche. Se fue porque había quedado con unas amigas y regresó más tarde, para hacerse cargo del coche, porque la Guardia Civil la llamó. No sabe, según aseguró, si su hijo había utilizado el coche.

La versión del hermano el acusado, en el sentido de que este no había conducido en momento alguno, choca con la ofrecida por los guardias, a quienes la jueza concede plena credibilidad y atribuye la condición de testigos objetivos e imparciales.

El implicado en esta causa se había quedado sin carné de conducir, por pérdida de puntos como consecuencia de dos expedientes administrativos, uno de León y otro en Ourense, Él mismo había recibido la comunicación certificada.

La sentencia lo condena por un delito contra la seguridad vial.