Ni el acusado ni el perjudicado recordaban una pelea por la que eran juzgados

La Voz OURENSE / LA VOZ

O BARCO DE VALDEORRAS

IAGO CORTÓN

La sentencia los absuelve, después de que los implicados dijeran no recordar lo ocurrido hace cuatro años

30 ago 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

En cuatro años olvidaron Diego A. C. y Roberto V. R. lo ocurrido el día 13 de abril del 2014. Que ese día hubieran protagonizado una pelea era una posibilidad que planteaba la fiscalía, que los acusaba de una falta y un delito de lesiones, respectivamente. Ellos, sin embargo, se expresaron de otro modo cuando acudieron al Juzgado de lo Penal 2 de Ourense para aclarar aquel episodio. El juez, a la vista de las declaraciones, se ha limitado a constatar que ambos fueron atendidos en el PAC de O Barco de Valdeorras. Pero no ha resultado probado que se hubieran causado «mutuamente e instantes antes las lesiones por las que fueron atendidos». La sentencia es absolutoria.

Un jaleo sin más

Los protagonistas, dice el juez, «fueron sumamente vagos e imprecisos en sus declaraciones», insistiendo en que no recordaban los hechos. Otro testigo se limitó a constatar que había habido «jaleo», pero sin saber más ni poder precisar lo ocurrido o las personas que intervinieron.

En este procedimiento, uno de los implicados se había personado para ejercer la acusación particular, pero acabó desistiendo de mantenerla. Por eso, el fiscal se limitó a acusar a Roberto y pidió la libre absolución para Diego.

El juez, a la vista de las peticiones, indica en la sentencia que uno de ellos debe ser exculpado al no haber acusación contra él. En cuanto al segundo, la prueba practicada en el juicio no permite atribuirle la autoría de las lesiones que presentaba el otro.