Lectura en familia del Código Penal

pepe seoane OURENSE / LA VOZ

MELÓN

Alberto Pardellas y Cristina Francisco, en una imagen del 2013, ante la casa del Concello de Melón
Alberto Pardellas y Cristina Francisco, en una imagen del 2013, ante la casa del Concello de Melón miguel villar< / span>

Condenado el exalcalde de Melón, su esposa y sucesora en el puesto se enfrenta ahora a una acusación que, de prosperar, la llevaría a la cárcel

22 mar 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Él, Alberto Pardellas, cumple condena por prevaricación. Ella, Cristina Francisco Vilchez, acaba de ser acusada formalmente por la fiscalía como presunta autora de un delito de falsedad documental. No es que la hayan citado a declarar como imputada en unas diligencias judiciales. Está en la siguiente fase. El ministerio público ha apreciado indicios suficientes para dejar en zona de sombra su futuro en la actividad política, a la que llegó como sucesora de su esposo, con los votos de sus vecinos y la bandera del PP. Salvando las distancias, como en Argentina. No solo comparten libro de familia la actual alcaldesa de Melón y su antecesor, marido y mujer, sino que también ella empieza a transitar por el delicado terreno de las acusaciones, las propuestas de inhabilitación y las peticiones de multa. A estas alturas saben bien qué es el Código Penal.

Hace nada que el vicepresidente de la Diputación y portavoz municipal del PP de Ourense, Rosendo Fernández, clamaba en los plenos de la corporación municipal para exigir renuncias y dimisiones en el multi-imputado gobierno local. Marga Martín, la concejala de Benestar Social, ya ha perdido la cuenta de las veces que le han pedido que se vaya por el caso de la ayuda a domicilio, el primero -con permiso de la Pokémon, que es una dimensión aparte- que la oposición aprovechó para reprobar y criticar al grupo socialista. Sorprendentemente, la instrucción del caso aún sigue abierta.

El panorama es bien diferente en Melón, uno de los bastiones del PP en la provincia, con poco espacio para los demás. La corporación actual la forman siete representantes del PP, uno del PSOE y un independiente.

Seguramente se hubiera perpetuado, como otros regidores, pero Alberto Pardellas fue desalojado de la presidencia de la corporación municipal de Melón por una sentencia de la Audiencia Provincial, que le impuso ocho años y seis meses de inhabilitación. No es mucho mejor el panorama de su esposa-sucesora, María Cristina Francisco, sobre quien ya pesa una acusación de falsedad en documento oficial y una petición formal de cuatro años y seis meses de prisión por parte de la fiscalía. De prosperar, daría lugar al ingreso efectivo en la cárcel.

Anunciada y confirmada como candidata del PP para las próximas municipales, el escrito del fiscal coloca al presidente provincial del PP, José Manuel Baltar, en la incómoda tesitura de prescindir de una mujer que en los últimos meses había superado no pocos prejuicios para ganar la confianza de la dirección popular y de sus vecinos, o mantenerla a riesgo de que una condena trunque su carrera.

La peculiar situación se produce, además, sin que el exregidor, Alberto Pardellas, tenga a mano la vuelta a la política municipal. En octubre del año 2012 comenzó a cumplir los ocho años y seis meses de inhabilitación que le impuso la Audiencia Provincial. No liquida sus deudas con la justicia hasta abril del 2021, lo cual significa que ni ahora ni tampoco en el año 2019 podría ser candidato. Está castigado al banquillo, si juega a política municipal, hasta el año 2023.

política de la prevaricación a la falsedad documental

Detectives privados alertaron del hecho

El trabajo de un despacho de detectives privados de Ourense resultó determinante en el caso que afecta a la alcaldesa. El concejal independiente de Melón quiso documentar las irregularidades que creía que se estaban cometiendo con las certificaciones de trabajos en beneficios de la comunidad. Trató de obtener pruebas antes de denunciar. Y tan pronto como los detectives vieron confirmadas las sospechas, tal y como les es legalmente exigible cuando advierten indicios de un posible delito, alertaron a la Guardia Civil. El caso adquirió entonces otra dimensión. Dejó de ser un asunto privado, un recurso más en el debate político del clientelismo, para entrar en el ámbito judicial.

La inhabilitación del exregidor se extiende hasta abril del año 2021

Al exalcalde de Melón -y por extensión al PP, si aún contaban con él para volver al Concello- le coincidieron mal las fechas que el Juzgado de lo Penal 1 de Ourense le transmitió en diciembre del 2012 para detallarse la «liquidación de condena privativa de derechos». Como fecha de inicio de la condena figura el 22 de octubre del 2012 y como fecha de cumplimiento la del 17 de abril del 2021. Son, en total, 3.100 días, según aparece detallado.

Falló a Alberto Pardellas, además, su intento de que le empezara a contar la condena con fecha anterior. «La pena empieza a cumplirse -aclaró la jueza Celia Conde Palomanes en un auto de abril del 2013- en el momento en el que el penado es requerido para cumplimento de la misma, sin que en ningún caso pueda computarse el tiempo anterior, en que la ejecución de la pena estuvo suspendida a petición del propio penado mientras se tramitó el indulto, con el argumento de que el penado cesó voluntariamente en el cargo público que estaba ejerciendo».

El inicio del cumplimiento lo marca el día del requerimiento para ello, salvo que cautelarmente se le hubiese privado del derecho, en cuyo caso se le abonaría esta privación cautelar, «pero no es el caso», según aclaraba el mismo auto.

De sostenerse la interpretación que Alberto Pardellas hacía en un recurso sobre la fecha de inicio del cumplimiento «se podría decir también que el penado quebrantó la pena desde que se dictó la sentencia firme hasta que cesó voluntariamente en su cargo y ello, evidentemente, no es así».

Sobre la alcaldesa y candidata pesa una petición de la fiscalía de cuatro años y medio de prisión

Las diligencias previas 676/2011 que afectan a Cristina Francisco y dos personas más se iniciaron formalmente con una denuncia de la Guardia Civil. Las pesquisas se centraron inicialmente en el caso de una persona, vecina del municipio de Melón, que supuestamente simulaba estar realizando trabajos en beneficios a la comunidad para cumplir con una condena como autor de un delito de tráfico. Tenía certificados, pero no hacía los trabajos, como se puso de relieve en el curso de la investigación. Tendría que cumplir los sábados desde el 18 de junio del 2011 hasta el 27 de agosto. David P. R. «no acudió ninguno de esos once días» al ayuntamiento de Melón «sino que se limitó a firmar un documento denominado registro de presentación a modo de estadillo de control presencial» que le fue facilitado, según el escrito de acusación, por una auxiliar administrativa de la administración.

A sabiendas de la falsedad

La empleada municipal, a quien la fiscalía atribuye «escribir de su puño y letra las fechas de los supuestos controles de los trabajos nunca ejecutados», pasaba esos escritos a la firma de la alcaldesa. Lo hizo, dice el fiscal, «siendo ambas acusadas perfectamente conocedoras de que David no había cumplido ni un solo día de trabajos en beneficio de la comunidad». Obraron, según sostiene el ministerio público, a sabiendas de su falsedad.

La alcaldesa, finalmente, comunicó al Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas que el condenado había finalizado sus jornadas de trabajos en beneficios de la comunidad el 27 de agosto del 2011. De ese modo, el Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense dictó a finales de septiembre de aquel año la ejecutoria que declaraba extinguida la responsabilidad penal de la persona que había sido condenada en firme.

Las peticiones de condena que plantea el ministerio público son diferentes y por distintos delitos. Para la alcaldesa y para la auxiliar administrativa pide, en cada caso, cuatro años y seis meses de prisión por el delito de falsedad en documento oficial, con 10.800 euros de multa para Cristina Francisco y 5.400 euros para la trabajadora. A ambas las considera también autoras del delito de quebrantamiento de condena, por los efectos de su actuación, que propone castigar con multa de 12.960 y 6.480 euros, respectivamente. En el caso de David P. R., que fue incumplió directamente la pena, pide el fiscal 3.240 euros de multa por el delito de quebrantamiento de condena.

La propuesta de condena añade para Cristina Francisco y para la empleada municipal cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.