Sostiene que consumía marihuana por consejo médico tras un suicidio fallido

La Voz OURENSE / LA VOZ

CUALEDRO

POLICÍA NACIONAL

El juez exculpa de narcotráfico a un acusado que tenía 18 kilos de droga en una nave

24 nov 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Los casi dieciocho kilos de marihuana que la policía localizó en una antigua nave industrial de Santa Baia de Montes, en el municipio de Cualedro, no han sido suficientes para sustentar una acusación de narcotráfico. Los argumentos de la defensa de un acusado, para quien la fiscalía pedía cuatro años de cárcel, convencieron al juez. Nadie lo había visto vender, por lo que, a pesar de la notoria importancia de la droga incautada, no se considera probado que el destino de la droga fuese el tráfico, «ni que tuviese intención de llevarlo a cabo» el imputado, según recoge la sentencia absolutoria del Juzgado de lo Penal 2 de Ourense.

Había admitido el acusado que eran suyas las plantas halladas en febrero del 2017 por las fuerzas de seguridad en el local que había reconvertido para destinado al cultivo de cannabis. Adicto, podía consumir cada día entre veinte y cincuenta gramos, según indicó. No solo fumaba, sino que también elaboraba licores y preparaba infusiones. Su pareja y el hermano de esta consumían, igualmente, de su producción. Alegó también el acusado, según recoge la sentencia, que «se había iniciado en el consumo de marihuana por consejo de un médico, tras sufrir un intento auto lítico por problemas sentimentales: de esto último y de la condición de adicto del acusado existe constancia en autos».

Que la cantidad de droga era «elevada» resulta, para el juez, el único indicio en contra del acusado. La tenencia de útiles para el cultivo «no puede llevar por sí solo a concluir que el acusado tenía intención de traficar con marihuana».

Que estuviera repartida la marihuana en botes, aclara la sentencia, puede suponer una ordenación previa para el tráfico, pero, como alegó el implicado y acoge la sentencia, «tampoco es descartable que obedezca tal conducta a la finalidad de identificar el producto en función del uso que se le quiera dar».

Cosecha anual

A favor del acusado juega también el hecho «entendible», según la impresión del juez, de que el consumidor tratara de hacer acopio de material en atención al ciclo de cultivo de la planta, a la espera de la nueva cosecha. La instalación que había dispuesto el imputado, recuperando una nave industrial para el fin perseguido, había sorprendido a los agentes encargados de la investigación. Detalla la sentencia en este punto cómo el jefe del grupo policial que había intervenido en esta operación «llegó a definir el acusado como ‘un fenómeno’ cuando aludió a la forma en que había realizado el empalme a la red eléctrica general».

La suma de indicios favorables al acusado, que sustentan la absolución, incluye la ausencia de dinero en efectivo o instrumentos habituales en la operativa de venta de droga, como la báscula de precisión. Igualmente, valora el juez que el tren de vida del acusado era el normal para un persona con un sueldo de 1.100 euros, que vive con sus padres y utiliza un coche de su hermana.

El acusado había mostrado, por otra parte, plena colaboración con la policía. Acompañó hasta la nave a los agentes, a quien dio todas las facilidades para que comprobaran la instalación. En tres meses de vigilancia tampoco vieron los funcionarios movimiento extraño alguno de terceras personas.

La venta a terceros hubiera reportado 87.000 euros

Los casi dieciocho kilos de marihuana que tenía el acusado tienen en el mercado, de haber sido la venta su destino, un valor de 87.376 euros, según la tasación que detalla la relación de hechos probados. La sentencia recoge, por otra parte, que se trata de una cantidad incluso superior a los diez kilos, que el Tribunal Supremo considera como de notoria importancia para agravar las penas por narcotráfico.