La Xunta ordena la demolición de una construcción ilegal existente en Boborás

XOSÉ MANOEL RODRÍGUEZ OURENSE / LA VOZ

BOBORÁS

Santi M. Amil

La edificación, de garaje y dos plantas, pertenece a la teniente de alcalde del PP, Rosa González Doporto, y a su marido

14 abr 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

edificación sin licencia promovida por la teniente de alcalde de Boborás y su marido, Rosa González Doporto y Antonio González Pousa, en Salón incurrió en varias ilegalidades desde el punto de vista urbanístico, las obras realizadas en suelo rústico no son legalizables y la APLU (Axencia de Protección da Legalidade Urbanística) ha resuelto ordenar a sus propietarios la demolición de todo lo construido y la «reposición dos terreos afectados ao estado anterior ao incio das obras».

La resolución del expediente por parte de la APLU, contra la que se puede presentar recurso de reposición ante el organismo o recurrir directamente al contencioso-administrativo, incide en el hecho de que el proyecto acumuló toda una serie de ilegalidades e irregularidades. Se levantó una edificación de tres alturas -garaje y dos plantas bajo el rasante de la carretera- y escaleras exteriores en «suelo rústico de protección forestal», las obras excedieron en volumen y altura la normativa (se ocupa más del 20 % de la parcela) la APLU constató que las obras realizadas «carecen de autorización urbanística da Comunidade Autónoma e de licenza urbanística municipal».

Además, la edificación está situada a 4,80 metros del eje de la carretera, invadiendo de esta manera «a líña límite de edificación que é de 7 metros sinalada no artigo 80 do Plan Xeral de Ordenación Municipal de Boborás».

Silencio del Concello y fechas

La denuncia sobre la situación de la casa de la teniente de alcalde, Rosa González Doporto, fue presentada ante la APLU y tras realizar las correspondientes inspecciones en el lugar se constataron los hechos. Se procedió a dar traslado de los mismos a la teniente de alcalde y se emplazó al Concello de Boborás a que remitiese el correspondiente informe sobre la situación de la edificación. Según hace constar la Axencia para a Protección da Legalidade Urbanística, la administración nunca llegó a elaborar la certificación y no envió documentación alguna a la APLU.

La edificación también incumple normativas como la referida a la parcela -135 metros por los 2.000 de mínimo que se necesitan para edificar en un suelo para actividades agrícolas y ganaderas- y la distancia mínima a la propiedad lindante -5 metros por ley-.

En la fase de alegaciones Rosa González Porto señaló que la edificación no era suya y con posterioridad su marido se declaró propietario y promotor de las obras. Se solicitó la prescripción al haber pasado más de seis años desde que remataron los trabajos, aunque como en el caso del alcalde Cipriano Caamaño, las imágenes de Google-Earth y los datos del Instituto de Estudos do Territorio desmintieron esta argumentación.

El organismo urbanístico resuelve que las obras promovidas en Salón «no son legalizables por seren incompatibles co ordenamento urbanístico» y procede a «ordenar a demolición». Se da un plazo de tres meses para reponer los terrenos al estado anterior del inicio de los trabajos y la APLU realizará la demolición, por cuenta del propietario si el dueño no lo hace. Se advierte que la ley contempla multas coercitivas, por importe de entre 1.000 y 10.000 euros.

Notificación al fiscal

En la resolución del organismo de la Xunta figura la decisión de «poñer os feitos en coñecemento do Ministerio Fiscal» por si existen responsabilidades penales.