Un año de cárcel para un brigadista que se masturbó dos veces ante sus compañeras

m. v. OURENSE / LA VOZ

BANDE

Agostiño Iglesias

El juez valora la «vergüenza y asco» que sintieron las dos mujeres que lo vieron

08 nov 2020 . Actualizado a las 11:00 h.

No tiene dudas el juez de que las declaraciones de que las declaraciones de dos trabajadoras de los servicios forestales de la Xunta que denunciaron a un compañero de trabajo por haberse masturbado ante ellas son ciertas. Sin apreciar contradicciones en sus testimonios y advirtiendo que no había entre los tres enemistad alguna que las hubiera podido empujar a denunciar en falso, el magistrado ve probado que Antonio F. L. cometió esos actos ante las dos mujeres durante el horario laboral, y lo considera responsable de dos delitos contra la integridad moral por los que le impone una condena de un año de prisión, así como la prohibición de acercarse a las dos perjudicadas y de indemnizarlas por las secuelas psíquicas que padecieron.

En realidad, tras los incidentes las dos trabajadoras fueron cambiadas de destino para alejarlas del acusado, que siempre ha negado los hechos y que sigue en el mismo puesto de trabajo, si bien tiene abierto un expediente en la consellería de Medio Rural. Los tres estaban destinado en el distrito de Bande cuando, según ha quedado ahora probado, tuvieron lugar los dos incidentes, en dos días casi consecutivos del mes de septiembre del 2019. En los tiempos de descanso que tenían, los brigadistas solían descansar en una caseta y en su interior se encontraban el denunciado y una de las denunciantes cuando, según declaró ella, «vio al acusado tumbado en un sofá a unos pocos metros, se estaba masturbando con los genitales a la vista». La mujer le recriminó su conducta y salió al exterior para avisar a su compañera, que también lo vio. Pocos días después, esta vez en el turno de noche, se repitió la historia. «En un momento determinado Juan Antonio comenzó a masturbarse, no cesando en su conducta pese a las recriminaciones de sus compañeras», dice el fallo, que explica que dado que las luces de la casetas estaban apagadas, las dos mujeres no pudieron ver al acusado, si bien pudieron oír claramente sus gemidos.

Tendrá que indemnizarlas

Tras considerar que está «fuera de toda duda» la credibilidad del testimonio de las dos mujeres, que pusieron de inmediato los hechos en conocimiento del jefe de brigada y, al ver que este no hacía nada, acudieron a instancias superiores, el magistrado entiende que «los hechos deben ser contemplados desde una perspectiva global». Así, recuerda que las dos mujeres se mostraron «avergonzadas, nerviosas y con sensación de asco» por lo ocurrido y valora que los hechos tuvieron lugar en horario laboral, aludiendo asimismo al comportamiento poco ortodoxo del acusado, ya que según sus compañeros era habitual verlo con la mano dentro del pantalón, en los testículos, si bien no reprocha esta conducta pues no era lo que se enjuiciaba.

Ve, por todo ello, probada la existencia en este caso de dos delitos contra la integridad moral y condena al acusado a seis meses de cárcel por cada uno de ellos, teniendo que indemnizar a cada víctima con la cantidad de 1.500 euros.