Absuelto el vecino de Cortegada acusado de agredir sexualmente a un joven con discapacidad

LA VOZ OURENSE

OURENSE

El acusado en el juicio en la Audiencia Provincial de Ourense
El acusado en el juicio en la Audiencia Provincial de Ourense MIGUEL VILLAR

La Audiencia Provincial de Ourense concluye que no hay pruebas suficientes al no haber restos biológicos del procesado y contradicciones en el testimonio de la víctima

05 jun 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de Ourense absolvió al hombre de Cortegada de 64 años acusado de agredir sexualmente a un amigo de la localidad, de 33, con discapacidad intelectual. La sentencia concluyó que no hay pruebas suficientes y que detectaron contradicciones en el testimonio de la víctima. Los dos implicados pasaron unos veinte minutos en la casa del acusado, donde presuntamente se habrían cometido los hechos que le habrían provocado lesiones físicas al joven. La Fiscalía solicitaba nueve años de prisión para el procesado, pero el tribunal dictaminó que las pruebas no tienen la solidez suficiente y hay dudas sobre la comisión del delito. 

Los hechos ocurrieron en noviembre del 2023. Los dos hombres eran conocidos de la localidad y, en palabras del acusado en el juicio celebrado el pasado mes de mayo, se consideraban amigos. Coincidían con frecuencia en los bares del núcleo y acumulaban conversaciones con cientos de mensajes. Según el acusado, la mayoría por parte del joven. La víctima es un hombre con una discapacidad del 65 % por retraso mental ligero, lo que supone una edad estimada de doce años. Un diagnóstico que todo el municipio conoce. El 21 de noviembre, el denunciante acudió a la casa del acusado tras enviarle un Whatsapp proponiéndole mantener relaciones. Como sostiene el testimonio de ambos, estuvieron juntos y a solas en la casa del procesado entre veinte y cincuenta minutos. Al salir de allí, el chico acudió junto a unos amigos y les contó que le había tocado y habían mantenido relaciones. 

Según el relato de estos amigos, el chico estaba nervioso, indicándoles que «era un secreto» y les enseñó la conversación. Fue entonces cuando avisaron a la familia y lo llevaron al hospital para examinarlo, donde los médicos apreciaron la presencia de dos fisuras. La acusación pública se amparaba en estas lesiones para denunciar que el chico habría sufrido una agresión sexual, aprovechándose el acusado de su discapacidad intelectual. Sin embargo, el tribunal determinó que resulta insuficiente para condenar al acusado. Por una parte, los análisis biológicos no hallaron ningún resto atribuible al acusado. Por otra parte, aunque la presencia de las lesiones físicas es compatible con una penetración, también pueden responder a otras causas. «No se realizó una investigación médica objetiva sobre el historial clínico previo del denunciante», apuntaron. 

Además, el testimonio del joven no pudo ser acreditado por las psicólogas ya que, por su discapacidad, tuvo que ser guiado. «No puedo realizar un relato libre e incurrió en constantes contradicciones y respuestas guiadas por la deseabilidad social», concluyen. Por ello, la Audiencia acordó el falló absolutorio para el acusado. Cabe la posibilidad de interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.