Amenazó a una chica en Instagram, la derribó de un puñetazo en un pub de Ourense y la agredida perdió el bazo

La Voz OURENSE / LA VOZ

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La acusada, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Ourense
La acusada, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Ourense Santi M. Amil

La acusada, condenada por dos delitos de lesiones, uno leve y otro imprudente, quedó condenada a un año de prisión y a indemnizar con 9.000 euros a la perjudicada

19 nov 2022 . Actualizado a las 10:04 h.

El conflicto comenzó en Instagram y terminó con una víctima en el suelo de un pub a consecuencia del puñetazo que le propinó la acusada, ahora condenada, por un delito leve de lesiones y otro delito imprudente de lesiones que provocó la pérdida de un órgano no principal, el bazo. La Audiencia Provincial de Ourense ha dictado sentencia y castiga a la acusada, Jessica S. A., de 21 años, a un año de prisión como responsable del daño corporal que sufrió la víctima, además de a una multa de 360 euros; a mayores, por el delito leve de amenazas se la condena a otra multa, de 180 euros.

Esas amenazas se vertieron en la red social Instagram. En febrero del 2020, según se considera probado en la sentencia, la acusada se escribía con la perjudicada. Entre ambas había un conflicto porque la procesada mantenía una relación afectiva con un chico que anteriormente había sido pareja de la denunciante. Se intercambiaron expresiones ofensivas y la acusada le dijo a la otra chica: «Te meto un trucazo y te arreglo la mandíbula» y «Te parto en dos mi loka». Y en la madrugada del 9 de febrero del 2020 ambas se encontraban en un mismo pub de la calle Pena Corneira de Ourense. La joven se acercó a la acusada y le cogió la chaqueta por la espalda para recriminarle por las amenazas escritas. La ahora condenada se dio la vuelta, se quitó la cazadora, posó la cerveza que estaba bebiendo y le propinó «un fuerte puñetazo en la cara, a la altura del pómulo derecho, lo que provocó su caída al suelo, donde quedó aturdida». El tribunal no considera acreditado que, cuando estaba en el suelo, la acusada hubiese propinado patadas u otros golpes en la barriga u otra parte del cuerpo a la afectada. Esta atribuía la pérdida del bazo a esos supuestos golpes posteriores. Sin embargo, la sentencia relaciona el traumatismo abdominal y pancreático y la rotura del bazo con la caída a consecuencia del puñetazo.

El tribunal llegó a esta conclusión porque la propia acusada admitió en la vista oral celebrada en la Audiencia que había pegado un puñetazo a la otra joven, pero no patadas. Dijo que había sido en legítima defensa. Había también una testigo, amiga de ambas, y que los jueces consideran imparcial, que vio el puñetazo, pero no más golpes y que apuntó que la agresora había sido separada en volandas tras su ataque.

La Sala entendió que no era la intención inicial de la acusada causar lesiones de esa gravedad, pero la castiga por su negligencia, al considerar que ha habido un concurso ideal entre el delito leve de lesiones, por el puñetazo, y otro de grave imprudencia por riesgo elevado.

En cuanto a las amenazas, la sentencia señala que no eran de gran entidad y que la propia receptora no les dio demasiada credibilidad, pero se tiene en cuenta que fueron el detonante de la situación posterior. La sentencia establece una indemnización de 9.000 euros para la afectada.