Pagará 3.300 euros por tocarle las nalgas a una mujer en un pub de Ourense de forma intencionada

m. v. OURENSE / LA VOZ

OURENSE

M. FERNÁNDEZ

La magistrada del caso ve en lo ocurrido un incidente «con contenido sexual»

24 sep 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

«Estamos hablando de una acción con un indiscutible contenido sexual, por más que la misma haya sido aislada y fugaz». Así describe la magistrada el incidente ocurrido en la madrugada del 1 de julio del 2021 en un pub de la capital ourensana, por el que acaba de condenar a un hombre. Ve pruebas suficientes la togada de que Khalifa A. N. le tocó las nalgas a una mujer y descartando totalmente que se tratase de un roce casual, considera al sospechoso responsable de un delito de abuso sexual por el que le obliga a pagar a la justicia una multa de 3.300 euros.

Ello a pesar de que la Fiscalía había reclamado una pena de prisión. La magistrada Susana Pazos, titular del Juzgado de lo Penal dos de Ourense, entiende que a pesar de tratarse de un hecho grave, no lo es tanto como otro tipo de gestos que también encajarían en este precepto penal, por lo que opta por la pena de multa en lugar de la de reclusión. La cuantía es, eso sí, de las máximas para estos casos, atendiendo a la condición de reincidente del sospechoso, condenado en el pasado por otro acto similar.

Queda así probado que el sospechoso, natural de Senegal, se acercó por detrás a la perjudicada cuando ella se encontraba con su primo y «con ánimo lascivo» le agarró las nalgas, moviendo luego su mano hacia la entrepierna de la chica, que enseguida se apartó y se lo impidió. La mujer le recriminó entonces al acusado su conducta, algo que también hizo su primo, creándose un revuelo en el local cuando el acusado se acercó a otra mujer con las mismas intenciones.

«Se advierte en el relato de la denunciante que no existe el más mínimo ánimo de perjudicar infundadamente al acusado», valora la magistrada, que también tiene en cuenta la existencia de otros detalles que avalan su versión. «Que hubo un rozamiento entre el acusado y la denunciante lo corrobora el hecho de que el agente policial que se entrevistó con el acusado hubiera dejado constancia en el atestado de que este quería pedirle disculpas a la víctima por haberla tocado», recoge también la togada.

El sospechoso nunca admitió durante el juicio los hechos, insistiendo en que nunca se había acercado a la chica y afirmando que aquella noche él había sido víctima de una agresión. De esto último no ve pruebas la togada, que considera que el investigado faltó a la verdad. Sobre la sentencia cabe presentar recurso.