Absuelta una mujer que sacó 4.000 euros de una cuenta que tenía con su exmarido

La Voz OURENSE / LA VOZ

OURENSE

Agostiño Iglesias

La jueza encargada de ver este asunto enmarca el conflicto en el ámbito civil, y no penal

21 dic 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Se divorció de su marido y este la acusó de haber sacado cuatro mil euros de una cuenta bancaria de la que ambos eran cotitulares, pues en ella tenían domiciliado el pago de la hipoteca y otros gastos de un piso que habían adquirido ambos cónyuges. La retirada de ese dinero se hizo en un momento en el que, aunque ya había transcurrido año y medio del divorcio, aún estaba pendiente la liquidación de la sociedad de gananciales del matrimonio, que tenía un patrimonio de unos 66.000 euros cuando se produjo el divorcio. Un mes antes de celebrarse la vista penal contra la mujer, como acusada de un presunto delito de apropiación indebida, los excónyuges alcanzaron un acuerdo transaccional por el que se adjudicó a la exesposa una cuota ganancial de 33.000 euros, descontados los cuatro mil que había retirado en noviembre del 2019 y que eran objeto de la disputa judicial.

La jueza del Penal 2 valoró que estos hechos no podían considerarse como un delito de apropiación, sino que se trataba de «una mera cuestión civil, sin que proceda la intervención del derecho penal» porque no se había producido ninguna lesión al bien patrimonial. La magistrada consideró que esa retirada de dinero no produjo un perjuicio «de carácter definitivo» a su ex puesto que en la sociedad de gananciales había fondo suficiente para responder de la cantidad que ella había sacado.

De esta manera, la jueza acordó la absolución de la acusada.