Tres años de prisión para un hombre por colgar en redes un vídeo con fotos íntimas robadas a su ex

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE

OURENSE

DADO RUVIC

El condenado no puede acercarse a su expareja durante dos años

18 dic 2021 . Actualizado a las 13:13 h.

Muy caro le va a salir a un acusado haber elaborado un vídeo con fotos íntimas de su ex pareja sentimental y haberlo expuesto a la vista de todos en su perfil de Facebook. Así, la magistrada del Juzgado de lo Penal 1 de la capital ourensana acaba de condenarlo a tres años y medio de prisión, al considerar probado que varias de las imágenes que formaban parte de la publicación, en las que la víctima estaba desnuda o en ropa interior, se las robó a la perjudicada de la nube. Se le condena, por tanto, por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, por el que también se le impone la obligación de indemnizarla con 2.000 euros.

La primera noticia de que circulaba en la red social un vídeo «comprometedor» con fotos íntimas suyas la tuvo la perjudicada el 12 de abril del 2020, cuando una prima la llamó por teléfono para advertírselo, informándola además de que la grabación se había colgado desde el perfil de su expareja, Javier G. A. En aquellas fechas la relación entre ambos ya se había roto con litigio de por medio, ya que ella lo había denunciado por maltrato y el juzgado había dictado una orden de alejamiento que el investigado debía cumplir.

A la togada encargada de ver este asunto, Irina Fernández, no le caben dudas sobre la veracidad del vídeo, como tampoco de que fue el acusado quien lo elaboró y luego lo colgó. «Nos llama poderosamente la atención que, de no haber sido él quien publicó las fotografías, se hubiera acogido en fase de instrucción a su derecho a no declarar», argumenta la jueza, que además se pregunta también cómo es que, de haber sido otra persona quien creó el perfil con su nombre, no interpuso denuncia por suplantación de identidad. A mayores, considera que el acusado actuó movido por el rencor. «Perfectamente podemos asegurar que el acusado tenía un móvil para la conducta realizada: los celos», advierte la magistrada, en referencia a que en el encabezado del vídeo el acusado mencionó el nombre de un hombre que había ayudado a la víctima tras denunciar maltrato.

«Resulta acreditado que el acusado publicó en la red social varias imágenes íntimas de la denunciante, y que no todas estas le fueron facilitadas por la víctima», concluye la jueza, que da por probado que a pesar de haber estado colgada durante cuatro horas, la publicación provocó un daño moral a la perjudicada. La sentencia contempla además que el acusado, que puede recurrir a la Audiencia provincial de Ourense, no se acerque a su expareja durante dos años.