La jueza encaja en la libertad de expresión la llamada al «boicot» a los productos de un empresario

La Voz OURENSE

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El acusado, mientras declaraba en el juicio
El acusado, mientras declaraba en el juicio m. v.

El acusado hizo comentarios en redes sociales tras un conflicto laboral con el denunciante

17 dic 2021 . Actualizado a las 13:09 h.

Ni calumnias, ni injurias, ni acoso. La magistrada encargada de ver el caso que llevó al banquillo de los acusados a un hombre acusado de difamar en las redes sociales a un antiguo empleador, no ha encontrado indicios de delito en su conducta, por lo que lo ha exonerado de todos los cargos. En la sentencia, la togada advierte que los comentarios que hizo el investigado no iban dirigidos contra el denunciante, sino contra su empresa, y encaja todo lo ocurrido en una situación de conflictividad laboral, ya que el acusado había sido despedido sin indemnización. «Se encontraba en una situación complicada, pues tenía un hijo pequeño y estuvo más de un año sin percibir cantidad alguna por su salario», recuerda la togada. En cuanto a que el acusado, Manuel P. T. pidiera el «boicot» a los productos que comercializaba el denunciante, la jueza no lo encaja en un delito de coacciones. Así, cree que esas afirmaciones están amparadas por el derecho a la libertad de expresión, al no estar acompañadas de «manifiestas falsedades» o un comportamiento violento.