El Tribunal Supremo confirma la condena a un cómplice del rapto y violación de una joven en Ourense

La Voz OURENSE / LA VOZ

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Santi M. Amil

El altro tribunal valida los dos fallos anteriores, que consideraron probado que Alberto G. J. colaboró en la vigilancia de la chica

20 oct 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

En octubre del 2019 seis integrantes de una misma familia, conocida como el clan de los Madriles, fueron condenados por su participación, con distinto grado de responsabilidad, en el rapto de una joven, que durante dos semanas había permanecido privada de libertad en una infravivienda de la capital ourensana mientras se la sometía a agresiones sexuales y otras vejaciones. Dos años después de aquel primer fallo el Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena contra Alberto G. J. uno de los implicados en aquel delito. Se trata de uno de los hermanos de Javier G. J, principal responsable de los hechos, y el acusado al que se impuso la pena más baja de todo este proceso por su participación como cómplice. Así, se le condenó a dos años y medio de cárcel por haber colaborado en la vigilancia de la joven, y en evitar que pudiese pedir ayuda o escapar durante el tiempo de cautiverio.

Este acusado, que durante el juicio se había enfrentado a su hermano Javier, negando tajantemente haber sabido que la joven había sido sometida a violaciones, recurrió ante el Supremo buscando una exoneración del caso, pero no lo ha logrado.

Así, el alto tribunal acaba de confirmar la pena que le impuso primero la Audiencia provincial de Ourense y más tarde confirmó el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

«Nos encontramos en este caso ante una complicidad de quien contribuyó a garantizar que la privación de libertad a la que estaba siendo sometida la víctima perdurada y con ella la consumación del delito», indica la resolución, contestando a la alegación relativa a que los dos fallos anteriores sobre este asunto no habían concretado la actuación que había desarrollado Alberto en este caso. «La falta de una exacta identificación de cuales fueron concretamente las tareas de vigilancia y control asumidas por el recurrente no diluye la tipicidad, cuando queda claro que intervino en ellas, respaldando voluntariamente la actuación del autor principal y otros cooperadores», dice la sentencia. Así las cosas, termina el recorrido judicial para este acusado.

A Javier G. J. se le impusieron por este caso 20 años de cárcel, por detención ilegal, agresión sexual continuada, contra la integridad moral y lesiones. Al resto del clan, los padres y dos hermanos más, se les condenó a cinco años de prisión, como cooperadores necesarios en los delitos.