Se encerraba con su madre en el cuarto por miedo a represalias del progenitor

m. v. OURENSE / LA VOZ

OURENSE

25 jul 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

No siempre es fácil lograr pruebas en los casos de violencia de género pero en este asunto la contundente declaración de la víctima de un maltrato que se prolongó durante casi una década y de su hija, así como los numerosos partes médicos que dan fe de la pesadilla que las dos vivieron, han sido suficientes para que un maltratador reciba su castigo y se aleje de las perjudicadas durante un tiempo.

Así lo recoge la sentencia contra Eduardo C. N., a quien el juez Ricardo Pailos ha encontrado responsable de un delito de malos tratos habituales por el que le impone una condena de un año y nueve meses de prisión. Asimismo, le prohíbe acercarse a la víctima o comunicar con ella durante tres años, tras quedar probado que entre 2010 y 2018 el acusado «mantuvo una reiterada conducta de vejación y desprecio hacia María del Carmen». Expresiones como «puta» o «zorra» eran habituales en las conversaciones en la que el imputado trataba de perturbar a su esposa diciéndole que «iba a quemar la casa» y «a matar a los animales». De todo ello dio fe ante el juez la víctima, y también la hija del matrimonio, menor de edad cuando ocurrieron los hechos. «Declaró que ella también se había sentido atemorizada ante tales amenazas, y que ello había dado lugar a que durmiese con su madre y sus mascotas encerrada en la habitación», recoge la sentencia, en la que, por contra, se considera poco creíble lo testificado por el acusado, marido y padre.

Así, en su declaración durante el juicio por esta causa, celebrado en el juzgado de lo penal 1 de la capital ourensana, negó haber proferido amenazas contra la denunciante y aseguró que ella lo había denunciado por interés, porque quería quedarse con la casa y «sangrarle». Respecto a la hijo, la tildó de «envenenada». Lo único que admitió el sospechoso es que desde el 2010, tras sufrir un accidente, había empezado a consumir benzodiacepinas, y esta circunstancia, que ha quedado acreditada, le ha servido para mitigar su responsabilidad penal, ya que se ha tomado con una atenuante.

También se ha fijado el magistrado en los «múltiples partes de asistencia facultativa que constan en autos, en los que se alude a la problemática familiar y a comportamientos reiterados del acusado» y da por hecho que cuando tomaba pastillas se volvía agresivo con sus allegadas. Ahora tendrá que afrontar las consecuencias.