Confirman la condena a un hombre que fue en coche a un juicio por circular sin tener el carné

m. v. OURENSE / LA VOZ

OURENSE

MIGUEL VILLAR

La defensa cuestionó que dos agentes que iban a declarar a la vista lo hubieran visto desde una ventana

14 jul 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

En el mes de octubre pasado, el juzgado de lo penal 1 de la capital ourensana tenía señalada la celebración de un juicio contra un hombre que había sido denunciado por conducir a pesar de que ya no le quedaban puntos del carné, ya que los había perdido todos debido a diversas infracciones de tráfico. A ese señalamiento, y con el objetivo de que declarasen como testigos ya que habían sido ellos quienes habían realizado las diligencias, tenían que acudir dos agentes del subsector de Tráfico de la Guardia Civil.

Pero ocurrió algo imprevisto. Minutos antes de la vista, cuando ambos funcionarios del instituto armado se encontraban a las puertas del edificio judicial de O Couto esperando a que comenzara el juicio, observaron a un individuo dentro de un vehículo. Tanto el coche como su ocupante les sonaba así que se fijaron bien mientras el conductor buscaba aparcamiento por la zona. Enseguida cayeron.

Se trataba de la misma persona que iba ser juzgada ese día y contra la que ellos debían declarar, Fernando F. P., quien se atrevió a pilotar su propio automóvil hasta el edificio en el que iba a ser juzgado por circular sin tener el permiso, así que los agentes no solo prestaron declaración por el caso anterior, sino que también dieron cuenta de la infracción que acababan de presenciar y que, semanas después, acarreó una nueva condena al protagonista.

Identificación «sorprendente»

La magistrada del juzgado penal 2 le impuso, como responsable de un delito contra la seguridad vial con la circunstancia agravante de reincidencia, una pena de 65 días de servicios comunitarios, pero el fallo no era firme y contra él recurrió el conductor, al que ahora la Audiencia ha vuelto a negar la razón. En su recurso, se cuestionaba la capacidad real de los agentes para ver el coche del acusado en las inmediaciones del juzgado. «Ninguén dubida das altas capacidades dos axentes que conforman a seguridade nacional pero asegurar con tanta precisión que viron o acusado conducindo o vehículo da súa nai dende a cristaleira do primeiro andardo edificio xudicial, á espera de entrar na propia sede do Xulgado do Penal supera calquera expectativa e, cando menos, resulta moi sorprendente», recogía el recurso en el que también se dejaba caer una posible persecución hacia el acusado debido a sus antecedentes. «Parece que o único ánimo que move á sentenza recorrida é a de condenar a o acusado, polo mero feito de contar con antecedentes penais», aseguraba la abogada del inculpado.

Pero nada de esto aprecian los magistrados del alto tribunal ourensano, que dan total veracidad a lo afirmado por los agentes de la Benemérita. «Estos funcionarios llevan a cabo sus declaraciones de forma imparcial y profesional, en el sentido de que no existe razón alguna para dudar de su veracidad, [...] teniendo las manifestaciones que prestan un alto poder convictivo», aseguran en su fallo, ya notificado a las partes. A mayores, ven «absolutamente factible» observar desde las ventanas del edificio judicial la calle y los coches que pasan por ella, y consideran que la jueza valoró correctamente las pruebas vertidas durante el juicio. Confirman, por tanto, su primer fallo condenatorio.