Crónica de un ascenso bloqueado

jacobo rodríguez OURENSE

OURENSE

MIGUEL VILLAR

La reciente sentencia del Tribunal Supremo añade un capítulo más a un contencioso con distintos implicados por los ascensos a la ACB

06 jun 2020 . Actualizado a las 13:15 h.

La noche del 2 de junio del 2015 fue la última de felicidad plena de la afición del Club Ourense Baloncesto que, después de un épico quinto partido en el Pazo Paco Paz, doblegaba al Breogán y se ganaba un billete para la Liga ACB, catorce años después de su última participación. Pero del dicho al hecho quedaba un tortuoso camino, en el cual los seguidores cobistas terminaron por quedarse sin su recompensa, después de acariciarla con los dedos.

 ¿Por qué no subió de inmediato el COB?

Tras el ascenso deportivo, el consejo de administración cobista consigue reunir la cantidad necesaria de tres millones de euros para asumir los diferentes conceptos de su inscripción en el torneo, pero una auditoría externa ordenada por la ACB indica que está en causa de disolución, por lo que se excluye al club de la misma. El COB recurre al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que se declara incompetente para emitir una resolución sobre el caso y lo deriva al Consejo Superior de Deportes (CSD), del que depende. Este organismo sí se considera competente y declara que el club no estaba en causa de disolución y que debe ser equipo de la máxima categoría del baloncesto nacional a todos los efectos. Ante esa resolución, la asociación de clubes vota en asamblea con los equipos miembros y se rechaza la inclusión ourensana. De modo paralelo, se alcanza un acuerdo extrajudicial con Miguel Juane, el abogado que llevó la reclamación del COB, para hacer posible un ascenso en diferido en la siguiente temporada, siempre que se cumplan las mismas condiciones que se habían cumplido en el verano del 2015.

 ¿Qué sucedió al año siguiente y en posteriores sentencias?

El acuerdo extrajudicial incluía una cláusula por la que ambas partes renunciaban a cualquier reclamación judicial futura sobre el caso, pero ya en el 2016 el COB no pudo hacer frente a la cantidad de tres millones de inscripción, debido a la falta de apoyos económicos. De ese modo se quedaba fuera de la ACB, pese a que el caso seguía su curso por la demanda de la propia asociación de clubes ante la Audiencia Nacional, por las competencias para resolver este tipo de cuestiones. La Audiencia Nacional le dio nuevamente la razón al CSD y la ACB interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que resolvió el pasado viernes, cuando ratificó una vez más esas competencias y la inclusión dictaminada en el año 2015 por el propio consejo superior.

¿Cuál es la interpretación de la ACB a la sentencia del Supremo?

La ACB ha sido notificada este viernes con la sentencia del Tribunal Supremo, que desestima el recurso de casación interpuesto contra la resolución del 16 de noviembre de 2017 de la Audiencia Nacional. Según el comunicado oficial de la propia asociación de clubes en su página web, la sentencia «reafirma las competencias del Consejo Superior de Deportes para controlar los acuerdos que adopten las ligas profesionales sobre la afiliación de clubes». Por otro lado, la ACB incide además en que la misma sentencia «anuló la resolución del Consejo Superior de Deportes relativa a la admisión del Ourense en 2015, considerando probado que el club estaba en causa de disolución a 30 de junio de 2015 y, por tanto, que la actuación de la ACB rechazando su inscripción había sido correcta». Añade además la nota de la asociación que «dicha sentencia no fue recurrida por el resto de partes del recurso contencioso-administrativo, siendo plenamente vigente y constituyendo la actual resolución del Tribunal Supremo únicamente una ratificación de la sentencia de la Audiencia Nacional sobre las competencias del Consejo Superior de Deportes respecto a las ligas profesionales».

¿Qué postura adopta el COB con respecto a la repercusión del veredicto?

Desde el seno del consejo de administración del COB se ciñen a su desconocimiento de los detalles de la sentencia, al no ser una parte involucrada en el proceso. Esperan la próxima llegada de su asesor legal en este caso, Miguel Juane, con el fin de que la analice y se pronuncie sobre lo que supone para el club ourensano y los derechos que puedan reclamar en su caso. Una situación que dejó bien clara el presidente de la entidad cobista, Camilo Álvarez: «Si existe un mínimo resquicio para resarcir todo el daño causado a nuestro club y, de rebote a la ciudad y provincia, lo vamos a hacer y a luchar hasta el final para que así sea».