Condenado por ir en su propio coche a que lo juzgasen por circular sin el carné

m. v. OURENSE / LA VOZ

OURENSE

Agostiño Iglesias

El acusado fue visto por los dos agentes de la Guardia Civil que iban a declarar como testigos en la vista, y que lo denunciaron

21 dic 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

El 22 de octubre pasado el juzgado de lo penal 1 de Ourense tenía prevista la celebración de un juicio contra un hombre que había sido denunciado por conducir a pesar de haber perdido todos los puntos del carné. A esa vista, para declarar como testigos porque habían sido ellos quienes habían realizado las diligencias, tenían que acudir dos agentes del subsector de Tráfico de la Guardia Civil. Se encontraban ambos a las puertas del edificio judicial de O Couto, en la capital ourensana, esperando a que comenzara la vista cuando observaron a un individuo dentro de un vehículo. Tanto el coche como su ocupante les sonaba así que se fijaron bien mientras el otro buscaba aparcamiento por la zona. Enseguida ataron cabos.

Se trataba de la misma persona que iba ser juzgada ese día y contra la que ellos debían declarar, Fernando F. P., por lo que no solo cumplieron su obligación como testigos, sino que además volvieron a denunciar al infractor, aparentemente obstinado en seguir conduciendo coches a pesar de que no estaba legalmente habilitado para ello.

Y así se gestó otra acusación contra el acusado por un delito contra la seguridad vial por el que ahora ha resultado nuevamente condenado.

Como ya no se le puede retirar el permiso porque ya hay una resolución de la jefatura provincial de Tráfico en la que se acuerda la pérdida total de puntos, ahora la jueza ha establecido que Fernando F. P. realice trabajos en beneficio de la comunidad como reproche penal por su conducta infractora. Se le aplica en este caso la circunstancia agravante de reincidencia y se le impone la obligación de hacer 65 días de servicios comunitarios, además de hacer frente al pago de las costas del proceso judicial.

En la sentencia se ha tenido en cuenta como prueba de cargo el testimonio de los agentes que aseguraron no tener «ninguna duda» de que el vehículo que vieron era el del sospechoso ni tampoco de que era él quien lo conducía. Asimismo, no se considera veraz el testimonio de testigos de la defensa, que se tildan de contradictorios ya que algunos de ellos explicaron que el acusado había cogido un autobús para ir al juzgado, aunque sin aportar pruebas de que efectivamente había sido así. Ni siquiera la madre del acusado pudo precisar si el día de autos el coche familiar estaba o no aparcado en la casa familiar de Vilela (Verín).

Así las cosas se le impone una sentencia condenatoria que, eso sí, no es firme ya que sobre ella cabe presentar recurso de apelación ante la Audiencia provincial de Ourense.