Los culpables del crimen de A Esmorga seguirán libres hasta la sentencia firme

maite rodríguez OURENSE / LA VOZ

OURENSE

Santi M. Amil

Mantendrán la libertad provisional pese a la primera condena por asesinato

08 may 2019 . Actualizado a las 20:10 h.

Un día después de escuchar el veredicto del tribunal del jurado que los declaraba de haber dado muerte con alevosía a Alexandru Boghio, los dos condenados por el asesinato, Óscar E. y Eduardo L., volvieron a la sala de lo penal de la Audiencia Provincial para saber si tendrían que ingresar en prisión preventiva -tal como pedían las acusaciones pública y particular- o si podían continuar en libertad hasta que haya un pronunciamiento firme en el que ya no quepan recursos. Después de media hora de vista, la jueza presidenta Ángeles Lamas se retiró a deliberar durante unas tres horas. El auto fue de libertad y las únicas medidas cautelares que la magistrada impone a ambos es comparecer los días 1 y 15 de cada mes en el juzgado de sus domicilios y cuantas veces fueren llamados, además de la retirada del pasaporte o de la posibilidad de obtenerlo.

La fiscal había solicitado la prisión preventiva invocando el riesgo de fuga ante la inminente sentencia condenatoria, entre 15 y 17 años de cárcel, que les espera siguiendo el veredicto de asesinato con alevosía que el jurado creyó probado. La jueza argumenta que este veredicto de culpabilidad supone «un primer embate a la presunción de inocencia» pero valora que no solo hay que atender a la gravedad de la pena que se imponga en la primera instancia para decidir si hay peligro de fuga o de que los encausados no vuelvan a comparecer. La togada cita varias resoluciones del Tribunal Constitucional que amparan que no puede ser ese, la gravedad de la pena, el único criterio para enviar a un condenado a prisión provisional.

Ambos, Eduardo y Óscar, ya fueron presos preventivos durante un año y tres meses y quedaron en libertad en marzo del 2016 hasta la celebración del juicio. El defensor de Eduardo alegó que durante estos tres años no ha habido peligro de fuga pese a que la petición de pena era de 25 años y que el acusado ahora condenado nunca eludió la llamada de la justicia. El arraigo familiar y social en O Carballiño y la jurisprudencia del TC fueron argumentos de esta parte.

Los abogados, una vez se conozca en los próximos días la sentencia de la Audiencia, donde se fija la pena de cárcel, tienen intención de recurrirla en apelación ante el TSXG y en su caso, en casación, ante el Tribunal Supremo, donde concluirían los recursos ordinarios y habría una sentencia firme. Hasta ese momento, los condenados podrían seguir en libertad si no incumplen las medidas cautelares.

El nivel económico bajo o la cercanía con Portugal esgrimidas como motivos para un propósito de fuga no fueron considerados como suficientes por la magistrada. Contra este auto de libertad provisional cabe recurso de apelación.