La nulidad de la licencia de una gasolinera en Verín en la N-532 ya es firme

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Santi M. Amil

El Tribunal Supremo inadmitió el recurso presentado por el Concello contra el fallo del TSXG que la anuló por estar amparada en el PXOM del 2012, que ya no existe

18 ene 2019 . Actualizado a las 08:23 h.

El Tribunal Supremo no admitió a trámite el recurso presentado por el Concello de Verín contra la sentencia del TSXG que anuló la licencia otorgada, en el año 2014, a la entidad mercantil Primosa S.L. para las obras y actividad de construcción de una estación de servicio, dotada de gasolinera, autolavado y tienda, en el margen derecho de la N-532, en el enlace con la autovía A-52. El TSXG había estimado el recurso de apelación interpuesto por la mercantil Estación de Servicio de Verín y revocaba la sentencia primera del Juzgado Contencioso-Administrativo 1 de Ourense. La licencia para el Centro de Servicios del Transporte se amparaba en el PGOM de 2012 que fue anulado por los tribunales.

Contra el fallo del TSXG quedaba el recurso de casación, pero el TS lo ha inadmitido, por lo que la sentencia anulatoria de la licencia es firme. La parte demandante anunció que exigirá al alcalde la ejecución de la sentencia y la demolición de la estación de servicio.