El detenido por los tiros en Mercadona seguirá en prisión por si vuelve a hacerlo

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La Audiencia Provincial de Ourense refrenda la medida del juez instructor, de acuerdo con la fiscalía

09 feb 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La posibilidad de un nuevo incidente, es decir, el riesgo de reiteración delictiva, es uno de los elementos que había valorado el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Ourense, Leonardo Álvarez, para enviar a prisión a C. E. G.-I., el autor de los disparos que provocaron el pánico en el interior de un Mercadona el pasado 11 de enero. La Audiencia Provincial, al decidir ahora que continúe en prisión este vecino de la avenida Otero Pedrayo, que reside en el mismo edificio del supermercado, pondera también esa posibilidad.

La decisión de la Audiencia, comunicada ayer, no solo coincide con la posición del instructor que ordenó el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza. Al rechazar el recurso de apelación contra la resolución del juez, la sala comparte el criterio expresado por el ministerio público, que considera acertada la presencia del detenido en prisión. La representación legal de Mercadona, empresa que está personada en la causa como perjudicada, se adhirió expresamente a la posición del fiscal.

La resolución de la Audiencia Provincial se retrasó algunas fechas, debido a que el asunto fue devuelto al juzgado con el fin de que se diera traslado y pudiera informar el abogado del supermercado, que está en el procedimiento para ejercer la acusación particular y reclamar en su momento los daños sufridos por la actuación del detenido.

Había irrumpido en el local sobre las dos y diez de la tarde del 11 de enero. Hizo seis disparos. Cinco hacia el techo y otro hacia el cristal de la entrada principal, que no llegó a atravesar, con lo cual se evitó la posibilidad de que alcanzara a alguna persona, particularmente al agente de la Policía Local que había estado vigilando sus pasos y le pidió que depusiera su actitud.

El detenido, aparte de realizar los disparos, causó daños en distintas estanterías situadas en la zona de bodega del local, cuyo valor será tasado durante la fase de instrucción.

La decisión de la Audiencia, al decidir que siga en prisión el detenido, no significa que el implicado vaya a permanecer en Pereiro hasta el momento el juicio.

Alarma reciente

Fresco todavía el recuerdo del incidente, que en su día ocasionó una notable alarma, era poco probable que la sala fuera a dejar en libertad al protagonista, aun cuando actualmente se encuentre estable tras haber pasado por la unidad de agudos psiquiátricos del CHUO. Será transcurridos unos meses, en función de su evolución, cuando previsiblemente se revisará su situación, con toda probabilidad a partir de un nuevo recurso de su defensa.

En el auto de ingreso en prisión que el juez dictó a los dos días del suceso se hace referencia a delitos de robo con intimidación, atentado, tenencia ilícita de armas, desórdenes públicos o daños, de acuerdo con el atestado presentado por la policía.

La resolución que determinó el ingreso en prisión del implicado establecía, como primera medida, su traslado al CHUO para ser atendido del «trastorno psicótico de fondo, en este momento no florido, sin síntomas productivos actuales o manifiestos», según exponía el forense.

El abogado defensor no solo no se había opuesto a la atención médica, sino que en su recurso contra el auto de prisión proponía a la Audiencia la libertad provisional, al entender que la prisión no es el lugar idóneo para este detenido. Planteaba, en esa línea, alternativas como las comparecencias periódicas y el sometimiento a tratamiento médico. En esta fase del procedimiento, sin que medie una sentencia firme, el juez no puede ordenar el internamiento del afectado en alguno de los dos centros penitenciarios psiquiátricos con que cuenta el sistema, uno de ellos en la provincia de Sevilla y el otro en la de Alicante.

El auto de prisión dictado por el juez de instrucción resaltaba, como hora ahora reafirma la Audiencia, el riesgo «de que el detenido pueda reincidir en su actuación delictiva, puesto que no existen razones que justifiquen su actuación, por lo que no es de extrañar que si queda en libertad pueda volver a actuar de forma semejante» con el consiguiente riesgo. Resaltaba, además, que «no existe una medida menos gravosa para el imputado que nos permite alcanzar los fines perseguidos».