El TSXG anula la relación de puestos de trabajo del 2008 del Concello do Carballiño

xosé manoel rodríguez OURENSE / LA VOZ

OURENSE

El tribunal sentencia que el gobierno socialista de Carlos Montes no justificó la necesidad de ofertar 37 plazas

09 jul 2014 . Actualizado a las 06:50 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), a través de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha anulado la Relación de Postos de Traballo (RTP) y la Oferta de Empleo Público (OEP) aprobadas por el Concello do Carballiño en el año 2008. El acuerdo de la alcaldía, entonces era regidor municipal Carlos Montes, fue recurrido por la CIG y el TSXG ha dado la razón al sindicato y decreta que se reponga la situación a la existente antes de la aprobación de la RTP y de cubrir los puestos de trabajo ofertados.

Contra la decisión del tribunal se puede interponer recurso de casación en un plazo de tres meses.

No hubo negociación

La Confederación Intersindical Galega (CIG) denunció que no se cumplió la legislación vigente en la negociación y que los puestos de trabajo ofertados superaban con mucho las plazas vacantes, además de no fijarse el proceso ni los méritos necesarios para acceder a dichos puestos de trabajo.

Según consta en la sentencia del TSXG el alcalde de O Carballiño convocó la mesa general de negociación para el 5 de junio del 2008. En la misma, según la CIG, no se llegó a negociar sino que desde el Concello se presentó una relación de puestos de trabajo y la oferta de empleo. También denunció el sindicato que, según constaba en los documentos presentados, en la RTP solo aparecían 8 vacantes, mientras que el Concello do Carballiño hacía una oferta de empleo que incluía «28 plazas de personal laboral y 9 de funcionario».

El tribunal considera que «siendo la RTP nula de pleno derecho por vulneración del derecho sindical a la negociación colectiva, esta OPE también resulta nula por derivarse de aquella». El documento promovido por el Concello do Carballiño, según figura en la sentencia, «solo cabe tildarlo de listado de empleo porque al no establecerse en la RTP ninguna base reguladora para las convocatorias de empleo público, habría de convocarse nuevamente la Mesa para definir los sistemas de acceso». También se indica que «en la oferta se incluyen más puestos que vacantes». Reconoce que se cita el nivel de titulación exigido para las mismas, pero se omite «toda referencia a la forma de provisión».

La Confederación Intersindical Galega pedía que se declare la nulidad del proceso promovido por el Concello do Carballiño en el 2008 y que se ordenase «la retroacción del procedimiento a la fecha anterior a la reunión de la mesa de negociación» -el 5 de junio se celebró dicha reunión y la oferta de empleo se publicó en el BOP el 2 de agosto del 2008-.

Marnotes desconoce el alcance

El actual alcalde de O Carballiño, Argimiro Marnotes, reconocía en la tarde de ayer que desconoce las consecuencias que tendrá para el Concello la sentencia del TSXG: «Non a coñezo. Falarei co noso avogado para que me informe da mesma, de se podemos recurrir e das consecuencias que pode ter para o Concello. Habería que mirar a situación deses 37 postos de traballo, se aínda se manteñen e en que situación quedarían. Aínda que por agora non sabemos nada».