La fiscalía pide más indemnización que un herido en accidente laboral

La Voz LA VOZ | OURENSE

OURENSE

El perjudicado sufrió una importante lesión en una mano al cortarse con una máquina Al empresario y al encargado se les acusa de un delito contra los derechos de los trabajadores

14 ene 2004 . Actualizado a las 06:00 h.

Aunque no llegó a celebrarse la vista oral, al ser suspendida por ausencia del inspector de Traballo que en su día había informado sobre un accidente laboral, el gerente y encargado de una empresa dedicada a la fabricación de madera llegaron ayer al Juzgado de lo Penal en calidad de acusados. La fiscalía acusa a Juan Carlos González y Julio Manuel Domínguez de sendos delitos contra los derechos de los trabajadores y lesiones imprudentes, y pide para cada uno de ellos penas que suman dos años de prisión. El ministerio público reclama, asimismo, el pago de 91.600 euros de indemnización, de la que deberá responder la compañía aseguradora La Estrella. A la acusación pública se suma, en este caso, el propio afectado, personado en la causa. Sus propuestas de condena e indemnización son, curiosamente más bajas que las propuestas por la fiscalía. Coincide en solicitar un año de prisión por un delito de imprudencia grave, pero deja en una multa de 360 euros el reproche por el segundo delito, de infracción a las normas de prevención de riesgos laborales. En cuanto a la responsabilidad civil, la limita a 44.000 euros, menos de la mitad del total solicitado por la fiscalía. Octubre del 2001 El suceso que origina este procedimiento penal contra los responsables de una empresa se produjo el 8 de octubre pasado del 2001. El operario, Antonio Fernández Álvarez, sufrió un accidente cuando desarrollaba su actividad en las instalaciones de la empresa de fabricación de muebles Juan Carlos González, en la localidad de Trado, del municipio de Pontedeva. El corte, en la mano derecha, afectó a huesos y tendones. La lesión, según detalla en el escrito de acusación del herido, se produjo debido a que la máquina en la que se encontraba trabajando carecía de una carcasa de protección que es obligatoria. La carencia de medidas de seguridad e higiene obedecía, según el lesionado, «a las órdenes del empresario a sus trabajadores para que sacasen un mayor volumen de trabajo y efectuasen el mismo mucho más rápidamente». Gran experiencia Las defensas de los acusados coinciden en el sentido de que ambos carecen de responsabilidad en el desafortunado accidente. Hacen notar, además, que el operario lesionado tenía una gran experiencia en el sector de la madera y en la actividad que aquel día desarrollaba. Los letrados de los dos imputados conceden, por otra parte, una gran importancia a los informes redactados en su día por los inspectores laborales y técnicos de la Xunta, donde se recoge que la máquina que ocasionó el accidente sí contaba con la carcasa de protección o cubresierras. La vista oral en el juzgado de lo Penal 1, suspendida por la ausencia del inspector de Traballo debido a una indisposición puntual que le impidió acudir ayer, ha quedado convocada para el mes de febrero.