El Supremo frena a Trump

Santiago Calvo
Santiago Calvo DOCTOR EN ECONOMÍA

OPINIÓN

Donald Trump muestra la tabla de aranceles impuestos por la Administración estadounidense a varios países.
Donald Trump muestra la tabla de aranceles impuestos por la Administración estadounidense a varios países. Carlos Barria | REUTERS

La Corte Suprema de Estados Unidos ha tumbado, por seis votos a tres, los aranceles recíprocos impuestos por la Administración Trump al amparo de la Ley de Emergencia Económica (IEEPA). Es una sentencia histórica que reafirma un principio fundamental: el poder ejecutivo no puede arrogarse competencias arancelarias sin una delegación expresa, clara y acotada del Congreso. Quien crea en la separación de poderes y en el imperio de la ley tiene motivos para celebrar esta decisión. Pero quien busque estabilidad económica haría bien en moderar el entusiasmo.

 Porque la paradoja es evidente. Un fallo que corrige un exceso institucional puede, al mismo tiempo, multiplicar la incertidumbre comercial. Las empresas que ya se habían adaptado —con dolor— a las reglas del juego arancelario se enfrentan ahora a un nuevo período de indefinición. No saben qué aranceles regirán mañana, bajo qué base jurídica, ni durante cuánto tiempo. Y en economía, pocas cosas son más dañinas que la imposibilidad de planificar costes e inversiones.

Trump no ha tardado en reaccionar. Apenas conocido el fallo, anunció un arancel general del 10 % amparándose en la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, un instrumento concebido para crisis de balanza de pagos que permite imponer recargos de hasta el 15 % durante un máximo de 150 días. Es un parche temporal que no resuelve el problema de fondo. Agotado ese plazo, cualquier prórroga requeriría aprobación del Congreso, donde los aranceles generalizados no cuentan con mayoría suficiente.

La Administración también tiene sobre la mesa la Sección 232 para aranceles sectoriales por motivos de seguridad nacional —la misma vía que ya sostiene las tarifas al acero y al aluminio— y la Sección 301, que exige demostrar prácticas comerciales desleales país por país. Ninguna de estas alternativas permite replicar el esquema anterior de aranceles generalizados y discrecionales por país, que era precisamente lo que convertía la amenaza arancelaria en el principal instrumento de coerción geopolítica de Trump.

Aquí reside el cambio estructural. Sin capacidad para modular aranceles a la carta, el poder negociador de la Casa Blanca se reduce drásticamente. Y quien más se beneficia es China: pasa de soportar un arancel del 34 % a uno del 10 %, mantiene intacta su capacidad productiva tras meses redirigiendo exportaciones a terceros países, y conserva sus propios aranceles a productos estadounidenses como carta de negociación.

Mientras tanto, el daño para muchos exportadores ya es irreversible. Solo en España, unas 1.400 empresas dejaron de exportar a Estados Unidos a lo largo del 2025, una caída del 15 %. No volverán a corto plazo mientras persista la niebla regulatoria.

La sentencia es una victoria del Estado de derecho y del libre comercio. Pero, en el corto plazo, lo institucionalmente correcto no equivale a lo económicamente estabilizador. Trump está acorralado, y una bestia acorralada es impredecible.