Impuesto a las energéticas

Jaime Concheiro TRIBUNA

OPINIÓN

BORJA SUAREZ | REUTERS

16 ene 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

El nuevo tributo conocido popularmente como el «impuestazo» tiene como objetivo gravar con un porcentaje (1,2 %) los ingresos a las energéticas durante los ejercicios 2022 y 2023, por los supuestos beneficios extra que están obteniendo con la escalada de los precios de la energía.

Las más afectadas son Repsol, Endesa, Iberdrola, Cepsa y Naturgy, que prácticamente asimilarán el grueso del impuesto. Todas las empresas tenían la esperanza de que el hachazo se suavizara en la tramitación parlamentaria, sobre todo vía enmiendas en las que se proponía aplicar desgravaciones si se reinvertían parte de los ingresos en transición ecológica.

Pero las enmiendas fueron rechazadas en noviembre por el Gobierno —sin que ni siquiera se debatiesen en sede parlamentaria— argumentando que suponían un aumento del gasto o disminución de impuestos presupuestarios. Las empresas ya estaban preparando munición legal. ¿Cómo era posible que Bolaños alegase que afectaban a las cuentas, si las del 2023 no estaban aún aprobadas?

Finalmente, las eléctricas celebraron el día 18 de noviembre en bolsa la decisión del Gobierno de reducir el impuesto que tenía previsto aplicar al sector. El objetivo inicial de obtener 4.000 millones en dos años se reduce a la mitad. Con el cambio planteado, los analistas señalan que el sector eléctrico sale mejor parado que las petroleras y gasistas, ya que son las que tienen actividades reguladas, que quedan excluidas.

Esta noticia reviste un carácter positivo, no tanto por el impacto cuantitativo sino por la decisión del Gobierno de suavizar el impuesto al sector y alinearse con las directrices marcadas por Bruselas y demandadas por las eléctricas, que habían amenazado con ir a los tribunales y poner en riesgo las inversiones en España.

Consideramos que este impuesto lleva aparejados importantes riesgos y se fundamenta en unos supuestos beneficios extraordinarios que dichas compañías no están registrando, porque no se están viendo beneficiadas por el incremento de los precios de la energía.

Además, el impuesto se establece sobre los ingresos independientemente de si estos se traducen o no en mayores márgenes o beneficios para las empresas, convirtiéndolos así en exacciones claramente arbitrarias desde cualquier perspectiva y que tienen un mal encaje en un Estado de derecho, con lo cual es de esperar que habrá una larga disputa legal.

Por último, cabe señalar que al gravar los ingresos se prescinde de estimar si los costes también han aumentado. Además, con este gravamen se ha puesto en marcha una doble imposición porque afecta a un concepto que ya está gravado por el impuesto de sociedades, lo que desdibuja la capacidad económica de las entidades contribuyentes y determina su posible inconstitucionalidad.