Reforma laboral: adiós a los contratos de obra y bienvenidos los nuevos ERTE

Jesús Pascual ABOGADO DEL DEPARTAMENTO DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE DPG LEGAL.

OPINIÓN

JUAN CARLOS HIDALGO

03 feb 2022 . Actualizado a las 19:00 h.

El contenido del decreto ley para la reforma laboral, avalado por la patronal y los sindicatos CC.OO. y UGT, antepone el diálogo social y los acuerdos a otras consideraciones, que son las que han alejado del pacto a los socios preferentes del Gobierno, ERC y PNV.

La eterna promesa de derogación de la reforma impulsada por el PP ha quedado en una enmienda solo parcial, con medidas pactadas con los agentes sociales que buscan adaptar a los nuevos tiempos una normativa laboral que nunca fue del agrado del actual Ejecutivo. El nuevo documento reformula las relaciones laborales en aspectos clave como la temporalidad, la negociación colectiva, la subcontratación, la formación y la tramitación de los ERTE.

A fin de acabar con la temporalidad, la reforma busca suprimir los contratos por obra y servicio, que suponen más de un tercio de los actuales, y limitar los temporales a tres tipos muy concretos, pensados únicamente para cubrir picos de actividad previsibles, imprevisibles y bajas. La idea es que cualquier trabajador temporal pase a ser indefinido si supera la duración máxima contemplada por la ley.

En cuanto a la negociación colectiva, la reforma recupera la ultraactividad indefinida y la prevalencia de los convenios sectoriales sobre los de empresa, lo que favorece las aspiraciones sindicales de que los acuerdos marco se sitúan siempre por encima de los de entre partes.

En lo que respecta a la subcontratación, la reforma busca acabar con que las empresas puedan ahorrarse así costes laborales, y ahora queda solo como una vía para la especialización, con la garantía de que la contrata se responsabilizará de la subcontrata durante al menos un año, en los salarios, y en tres, en las cotizaciones a la Seguridad Social.

En el plano formativo, solo se admitirán cursos directamente relacionados con la actividad de la empresa como base para los contratos de formación, limitados a los menores de 30 años y con una duración mínima de tres meses y una máxima de dos años, con sueldos que nunca estarán por debajo del SMI.

Por último, la tramitación de los ERTE se llevará a cabo mediante un nuevo mecanismo, llamado RED, de flexibilidad y estabilización del empleo, y podrán ser de carácter cíclico (hasta un año) y de carácter estructural (hasta un año, pero ampliable a dos), con bonificaciones en la Seguridad Social a cambio de mantener el empleo en los seis meses posteriores a la finalización de dicho ERTE.