¡Ojo si te han hecho indefinido no fijo!

Felipe Martínez Ramonde RESPONSABLE ÁREA LABORAL EN GALICIA DE EY ABOGADOS.

OPINIÓN

PILAR CANICOBA

19 oct 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha condenado a una compañía pública a indemnizar a un trabajador al que contrató temporalmente acudiendo a las listas de contratación temporal. Los hechos tuvieron lugar tras una sentencia que había declarado a este empleado como indefinido no fijo, por haber resultado fraudulentas sus contrataciones anteriores. ¿Qué es lo novedoso de esta sentencia? La aplicación de una norma legal, muy infrecuente del Estatuto de los Trabajadores, que permite al trabajador conservar el derecho al salario aunque no pueda prestar servicios por causas imputables a su empleador. El trabajador reclamó la diferencia entre los salarios percibidos durante los años en los que siguió siendo llamado por las listas de contratación temporal -aunque ya era indefinido- y lo que hubiera cobrado si hubiera sido incorporado a la plantilla como indefinido no fijo.

El Tribunal ha considerado que, una vez que por sentencia firme el trabajador había adquirido la condición de indefinido, todos los períodos de tiempo en los que no prestó servicios por causa imputable a su empresa deben serle abonados. Incluso aunque se hubiesen formalizado luego otro u otros contratos temporales, independientemente de que alguno de ellos pudiera considerarse válido. De ese modo, las sucesivas relaciones laborales temporales, que en circunstancias normales habrían sido independientes unas de otras, pasan a constituir una única relación laboral indefinida e indisponible por imperativo legal.

Los hechos determinan, a juicio del tribunal, un perjuicio para el trabajador, que se vio impedido a seguir trabajando a tiempo completo sin percibir su correspondiente salario. En este caso, la norma del Estatuto de los Trabajadores le otorga el derecho al total de la compensación que debería haber percibido. ¿Qué implica eso? Una indemnización por daños y perjuicios que repare el daño causado por los incumplimientos legales de su empleador. 

La trascendencia de la sentencia es evidente, abre una posible vía de reclamación a personas que se encuentren en similares situaciones: trabajadores que fueran declarados indefinidos por sentencia firme y que hayan vuelto a ser contratados con carácter temporal.