Síndrome de alienación parental

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de Castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

02 oct 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

En determinados casos, un progenitor arremete contra el otro usando a sus hijos como arma arrojadiza, con la única intención de inculcarles un odio a sus vástagos hacia su ex pareja que, en ocasiones, resulta imposible revertir. Aunque la justicia poco quiere oír hablar de este síndrome, y no lo reconoce como tal, se da en muchas ocasiones. Ante la impotencia que siente el padre o madre vilipendiado por su ex cuando se encuentra con el desprecio de sus hijos, este acude a presentar la oportuna denuncia, que irrevocablemente termina archivándose por no considerarse tan ignominiosa actitud ilícito penal. No debe inmiscuirse el derecho penal en el derecho de familia, invitando el oportuno auto de archivo de la denuncia al denunciante a acudir a la vía civil para solucionar su problema. Se presenta un escrito en el correspondiente procedimiento de divorcio y allí queda aportado hasta que se falle el asunto. Algo debería hacer al respecto el legislador para tratar de, cuando menos, poner dificultades para que no se produzca este hecho tan frecuente denominado Síndrome de Alienación Parental. El derecho debe evolucionar paralelamente a como lo hace la sociedad y, si los hijos son manipulados por uno de los padres para ponerlo en contra del otro, no queda más que recoger esta figura en nuestro ordenamiento jurídico. Lo contrario significa darle la oportunidad al papá o a la mamá de intentar y, en muchos casos lograr, separar de por vida a sus hijos de su ex.