El plus masculino de maternidad

Fernando Salgado
Fernando Salgado LA QUILLA

OPINIÓN

CESAR QUIAN

13 abr 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Si usted es pensionista varón, tiene dos o más hijos de cualquier edad y se jubiló entre el 1 de enero del 2016 y el 3 de febrero de este año, reclame. Tiene derecho a cobrar el plus de maternidad que ya perciben las mujeres en su misma situación. Su pensión aumentará un 5 %, un 10 % o un 15 % en función del número de hijos. Los tribunales le darán la razón. El último, el Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, incluso ha zanjado una duda sobre los atrasos: tienen que abonarle, íntegramente, el complemento de maternidad desde la fecha en que se jubiló.

¿Y por qué el derecho a percibir el plus solo asiste a los hombres que comenzaron a cobrar su pensión entre las dos fechas mencionadas? Sencillamente porque antes del 1 de enero del 2016 el complemento no existía. Ni para mujeres ni para hombres. Fue creado por un decreto legislativo del Gobierno de Rajoy que entró en vigor ese día, a partir del cual comenzaron a percibirlo todas las mujeres que habían tenido dos o más hijos durante su vida laboral. Y el pasado 3 de febrero fue modificado por el actual Gobierno, precisamente para frenar la hemorragia de recursos que suponían las sentencias favorables a las reclamaciones masculinas. A partir de febrero, los nuevos pensionistas varones pueden reclamar el plus, pero muy pocos lograrán superar la ardua prueba exigida: deberán demostrar que sus bases de cotización se desplomaron en el período posterior al nacimiento de sus hijos.

¿Y qué pasó entre las dos fechas citadas? Pues simplemente que vino el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con las rebajas. En diciembre del 2019 sentenció que la ley Rajoy discriminaba a los varones. Si el objetivo del complemento era premiar la «aportación demográfica», también los hombres habían contribuido lo suyo a tener hijos. Supongo que aportarían un 50 %. Tal vez el propósito de la ley era otro, el de compensar a las mujeres cuya vida laboral se resintió a causa de la maternidad, pero su mala formulación hizo que embarrancase en las procelosas aguas de la justicia europea. Y esta les otorgó a los varones el derecho a percibir el plus de maternidad, independientemente de que sus carreras profesionales se hubiesen resentido o no por el nacimiento o la crianza de los hijos.

La sentencia abrió una espita en las enflaquecidas arcas de la Seguridad Social. Y el Gobierno se propuso cerrar la brecha mediante dos mecanismos: denegar el plus a los varones que lo reclamaban y, al mismo tiempo, modificar la norma del 2016 vapuleada por la justicia europea. El primer tapón le funcionó a medias: los tribunales están reconociendo aquel derecho, pero no todos los pensionistas se embarcan en una demanda judicial. El segundo funcionará a futuro, pero, al no tener carácter retroactivo, deja incólume el derecho de quienes se jubilaron entre enero del 2016 y febrero del 2021. Así que ya lo saben estos: reclamen. La experiencia indica que la Seguridad Social les denegará por dos veces el plus, pero a la tercera, esta vez ante la justicia, tienen muchas probabilidades de éxito.