Una ley por el camino de las prisas

OPINIÓN

19 mar 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Es conocida mi postura respecto al tema objeto de esta ley. No voy a repetirme. Una vez aprobada por las Cortes Generales, y más allá de lo que pueda resolver el Tribunal Constitucional, lo que ahora me preocupa -y mucho- es el modo de su implementación, porque en ocasiones es mucho más importante el cómo que el qué de un texto normativo.

Son muchas las actuaciones que deben realizarse para su implementación. Y lo primero que hay que decir es que resulta a todas luces imposible hacerlas medianamente bien en los tres meses que fija la ley como plazo para su entrada en vigor. En ninguno de los países en los que se había aprobado hasta ahora esta práctica se puso un plazo tan exiguo (han oscilado entre los 12 y los 18 meses).

Piensen ustedes que, entre otras cuestiones, hay que articular todo el proceso de decisión y práctica de la prestación a morir en la historia clínica, que son varios los modelos de documentos que hay que poner a punto, que hay que formar a los profesionales sanitarios que van a participar en el ejercicio del nuevo derecho, que hay que crear el órgano competente en cada Comunidad Autónoma, que hay que elaborar y aprobar el Manual de Buenas Prácticas en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para orientar la correcta puesta en práctica de esta Ley. ¿Todo esto y más en tres meses, con unos profesionales sanitarios agotados porque llevan más de un año luchando contra el covid-19 y un sistema sanitario y social tensionados por idéntica razón?

Me preocupa también la creación de un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia, no me parece legal y mucho menos ético. ¿Y cómo se va a gestionar lo que podríamos denominar una objeción de conciencia institucional, es decir, aquellos hospitales y residencias de ancianos privados que no quieran aplicar esta prestación?

Veo llamativa la ausencia de la necesidad de formación en bioética y acerca del papel de los Comités de Ética Asistencial en este ámbito en quienes van a participar en la administración de la eutanasia. En su lugar lo que constato es una visión fuertemente burocrática y administrativa del proceso, leguleya, si se me permite la expresión.

En materia de bioética la legislación rara vez es el final de la controversia social. Las soluciones fáciles e inmediatas, unilaterales y simples nunca traen paz y felicidad. Por eso no creo que ayer España haya progresado. Y por eso van a ser decisivos el seguimiento y la evaluación de la aplicación de esta ley.

 José Ramón Amor Pan es Coordinador del Observatorio de Bioética y Ciencia de la Fundación Pablo VI