Los derechos fundamentales también pasan por la Fiscalía

Fernando Suanzes Pérez TRIBUNA

OPINIÓN

01 mar 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El especial perfil del Ministerio Fiscal como una figura polivalente dentro del ordenamiento jurídico motiva que su misión de promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad no sea suficientemente conocida por todos. La imagen que se proyecta de los fiscales suele estar centrada casi exclusivamente en el ejercicio de la acusación pública en los procesos penales, olvidando las importantes funciones tuitivas encomendadas, que son entre otras guardar, amparar y defender los derechos de personas especialmente vulnerables, como es el caso de los menores, consumidores, ciudadanos de avanzada edad o discapacitados.

En el terreno concreto de los consumidores y usuarios, la Fiscalía está tratando de incrementar su presencia de manera progresiva en el ámbito de las acciones colectivas, avanzando en el principio de especialización en esta área concreta. Desde las secciones de Civil de las fiscalías territoriales se está realizando un esfuerzo notable por coordinar las actuaciones con las entidades administrativas encargadas de la protección y defensa de los consumidores, con la finalidad de disponer de la información necesaria para atender los asuntos en los que sea precisa una intervención procesal.

Estos días hemos asistido a un buen ejemplo de ello gracias a la labor realizada por la Fiscalía Provincial de Pontevedra y por los fiscales especialistas en la materia, que planteó y llevó el peso de la demanda colectiva de cesación por el mal funcionamiento de la Autopista AP-9 durante las obras en el puente de Rande. El eficiente trabajo realizado en defensa del consumidor ha desembocado en una sentencia que supone un precedente en todo el territorio estatal y que coincide sustancialmente con los principales criterios expuestos en la citada demanda, considerando práctica abusiva el cobro de los peajes de manera íntegra en los casos en los que se produzcan retenciones de relevancia, declarando la nulidad de dicha práctica y obligando a la empresa a restituir el importe de lo cobrado.

No es, obviamente, la única demanda para la protección de los derechos de consumidores y usuarios presentada por el Ministerio Público, que en los últimos tiempos ha iniciado acciones colectivas similares desde la Fiscalía Provincial de A Coruña frente a empresas suministradoras de bienes y servicios por prácticas abusivas en la facturación o en la deficiente prestación del servicio. Se trata de iniciativas que no buscan tan solo la indemnización propiamente dicha sino, y considero que esto es lo más relevante, que se prohíba mediante sentencia la reiteración futura de la mala praxis, garantizando así un escenario de mayor seguridad para el usuario frente a posibles situaciones de subordinación o indefensión.

El complejo y versátil marco normativo en materia de consumo, la multiplicidad ingente de productos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos, todo ello unido a factores como el uso creciente de las TIC y la incorporación de nuevas modalidades de publicidad y de prácticas comerciales, nos obliga a realizar un esfuerzo de actualización constante para que el mandato constitucional que insta al Ministerio Fiscal a tomar parte activa en la defensa del interés público se concrete, en el caso de los consumidores, en una protección eficaz, próxima y garantista de sus legítimos derechos.

Al contrario de lo que sucede en otros países, que centran la función de la Fiscalía casi exclusivamente en el ejercicio del ius puniendi, el modelo español busca acentuar un papel o dimensión más social en defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, en especial de los más desprotegidos o desfavorecidos. La protección del consumidor es solo un ejemplo. El trabajo de amparo en materia de menores, incapaces y personas mayores ocupa cada vez más tiempo en la labor de un fiscal. En ese camino estamos y, desde luego, avanzaremos.