El Supremo y las maltratadas

Ignacio Bermúdez de Castro
Ignacio Bermúdez de castro PASOS SIN HUELLAS

OPINIÓN

17 ene 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Supremo ha dejado claro que hacer una llamada perdida a una víctima de violencia machista, aunque no conteste, es comunicarse con ella y, por tanto, supone quebrantar la orden de alejamiento que tuviese el que la realiza.

Se trata de un aviso a navegantes para los 2.700 gallegos sobre los que recae una medida de estas características. Se podía llegar a pensar que al no contestar la víctima a la llamada no se cometía ilícito penal alguno, pero el alto tribunal recoge que este tipo de intentos de comunicación sin respuesta amenazan la seguridad de estas mujeres igual que un mensaje, dado que se perturba su tranquilidad desde el momento en el que es consciente de la llamada.

Las mujeres maltratadas viven, en gran parte de los casos, obsesionadas con su maltratador y sus posibles movimientos, por lo que recibir llamadas perdidas de su verdugo implicaría un menoscabo muy importante de su calidad de vida. Un paso más para intentar lograr la mayor tranquilidad posible para este colectivo de mujeres aterrorizadas por sus parejas o exparejas. Solamente es un paso más, pero, en mi opinión, algo es algo. Y quien estando afectada por este cáncer reciba una llamada perdida de su maltratador con orden de alejamiento, que llame al 016. Es seguro que quien le atienda en este teléfono le buscará de inmediato una solución a su problema.