Apoyo y protección para que puedan denunciar

Iban Fernández Girón ABOGADO DE LA ACUSACIÓN PARTICULAR EN EL CASO DE ABUSOS SEXUALES EN EL COLEGIO MARISTAS DE BARCELONA

OPINIÓN

05 may 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Este debate está de actualidad tras los casos de abusos sexuales a menores que se han ido destapando últimamente. Acabamos de conocer la sentencia de uno de estos casos, el del profesor de gimnasia de Colegio de los Maristas de Barcelona. Joaquín Benítez ofrecía masajes deportivos a sus alumnos, que derivaban en abusos sexuales. Este modus operandi se mantuvo desde los años 80 hasta que el profesor fue despedido en el 2011, tras la queja de un menor. Por eso varias víctimas no pudieron ver juzgado su caso en vía penal, simplemente porque había pasado demasiado tiempo desde el momento en que se produjo el delito hasta su denuncia.

Según el Código Penal español vigente, el plazo de prescripción de los delitos sexuales con menores comienza a contar cuando la víctima cumple 18 años, es decir, que en caso de los delitos más graves nos encontraríamos con que la prescripción llega cuando la víctima cumple 33 años.

Se está tramitando un anteproyecto de Ley Orgánica que elevaría el momento del inicio del cómputo del plazo de prescripción de los 18 a los 30 años de la víctima. Con el objeto de que los delitos puedan ser denunciados cuando la víctima tenga más de 40 años. Los expertos en Psicología Infantil afirman que las víctimas tardan muchos años en reunir el valor suficiente para denunciar y enfrentarse a su abusador. Por esa razón en Reino Unido, Irlanda, Canadá, Nueva Zelanda, Australia o Argentina los delitos sexuales con menores de edad no prescriben nunca.

¿Es esta la mejor solución?, ¿Delitos sexuales sin plazos de prescripción? O consideramos suficiente la ampliación de plazos que se está proyectando en España.

No hay una respuesta clara porque todas las medidas legales destinadas a juzgar los delitos sexuales deben ir acompañadas de otras medidas destinadas a las víctimas. Si no les ofrecemos apoyo y protección nunca reunirán el valor para denunciar a sus abusadores. Y si esto sucede no podremos juzgar el delito, aunque el plazo de prescripción sea de 50 años.

Lo que necesitan de verdad es mayor sensibilidad de la Administración de Justicia a la hora de tratar estos asuntos. No es admisible que en el 2019 las víctimas deban repetir una o otra vez sus declaraciones ante la Policía, juzgados de instrucción y salas de vistas. Y tampoco es aceptable que los daños morales y las secuelas de los abusos se valoren como si fueran accidentes de tráfico. Nos queda mucho camino por recorrer en este campo y el plazo de prescripción sólo es uno de los aspectos que debemos mejorar.