No se puede pretender una cosa y la contraria

Juan José Yáñéz Martínez TRIBUNA

OPINIÓN

21 oct 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

parece un dogma ya incontrovertible en nuestro tiempo el defender la existencia de un gran parque de viviendas en alquiler. Y si estas son públicas, mejor. Claro que al mismo tiempo se postula la «nula importancia» de dejar de pagar la renta correspondiente a dicho alquiler, mediante fórmulas varias como «Stop Desahucios», «Concello libre de desafiuzamentos»… o incluso facilitando fenómenos como la okupación, la resistencia pasiva… Actualmente, no hay que olvidarlo, más de dos terceras partes de los desahucios son por falta de pago del alquiler. La última ocurrencia en esta línea de no llamar nunca a las cosas por su nombre y de tratar de confundir a la gente prometiendo cosas imposibles es la de intentar arreglar el espinosísimo tema de la vivienda con la peregrina idea de que los ayuntamientos puedan limitar el precio de los alquileres. Para que haya casas que se puedan alquilar, alguien tiene que hacerlas, o tuvo que hacerlas en su momento y, después, hay que conservarlas, actualizarlas a las últimas exigencias legales (si no se quiere favorecer el alquiler de verdaderos zulos), pintarlas y arreglarlas cada vez que se vaya el anterior inquilino (si no las ha destrozado, como pasa en más casos de los deseables). Hablemos claro de una vez. Muchas veces cuando se postula la existencia de un «gran parque público de viviendas en alquiler» lo que se esconde es la pretensión de no pagar la renta. Y lo que no es lógico, tampoco, es que el inquilino que no paga continúe en la vivienda sin pagar el alquiler, y mucho menos si es a otro particular como él.

La pretendida limitación de precios por parte de los ayuntamientos no ha funcionado en ninguno de los países en que se ha intentado, ni en París, ni en Berlín, sin perjuicio de los problemas legales que suscitó en esta última ciudad. Solo favorece el mercado negro, el pago en B, y, en última instancia, el retraimiento de muchos pequeños propietarios que, ante la imposibilidad legal de cobrar la renta que corresponda según la zona, deciden no poner dicha vivienda en el mercado de alquiler, con lo que aún se retrae más la oferta de viviendas disponibles. Y en España ya sabemos lo que sucedió con la ley franquista de arrendamientos urbanos de 1964, que aún sigue vigente en la práctica en los famosos pisos de renta antigua o, lo que es lo mismo, limitada. No volvamos a caer en los mismos errores. Si se quiere, realmente, que haya más viviendas en alquiler, debe, en primer lugar, facilitarse (y no dificultar) la construcción y rehabilitación de viviendas. Y en segundo lugar, favorecer con incentivos fiscales al propietario, sea persona física o jurídica, que consiente en alquilar su vivienda. Y, desde luego, agilizar los procesos de recuperación de la vivienda en caso de impago. Todo lo que no se apoye en alguno de estos tres pilares está, de antemano, condenado al fracaso.