El artículo 155 de la Constitución como garantía de las instituciones y los derechos

Teresa Freixes TRIBUNA

OPINIÓN

20 may 2018 . Actualizado a las 10:35 h.

El BOE publica el nombramiento del nuevo presidente de la Generalitat, encarnado en un personaje que no podría acceder a ningún cargo político en ninguna de las democracias europeas. Bueno. Existió un precedente, el del fallecido xenófobo gobernador del land de Carintia, Hayder, cuya pretensión de entrar en el Gobierno federal de Austria derivó en algo que se ha convertido en la posibilidad de que la puesta en peligro de los valores del Estado de derecho, la democracia y los derechos humanos constituya el fundamento de la aplicación del procedimiento de sanción contra un Estado miembro de la Unión. En aquel entonces, Austria se quedó durante varios meses sin poder ejercer sus derechos en las instituciones europeas.

Si Europa cuenta con ese instrumento de coerción, los Estados miembros no le van a la zaga, especialmente si tienen una estructura federal o están fuertemente descentralizados. Eso es, en nuestro caso, el artículo 155 de la Constitución, el que, según consta en los acuerdos tomados en su día en el Senado, decaerá en cuanto haya tomado posesión el nuevo Gobierno de la Generalitat. A partir de ese momento, según el presidente del Gobierno español, serán «los hechos» del gobierno de Torra los que podrán justificar una nueva activación de ese artículo. Esperemos quese haya tomado buena nota de lo que no ha funcionado durante la aplicación del que actualmente está, todavía, en vigor.

Pero yo quiero llamar la atención sobre lo que, creo, estaría en el fondo de la justificación de una nueva, rápida y distinta aplicación del artículo 155. Porque la puesta en riesgo del interés general y el incumplimiento de las obligaciones constitucionales, que son los presupuestos para su activación, se tienen que interpretar en una doble dirección, la institucional, y la que tiene como eje central el respeto de los derechos de la ciudadanía.

Efectivamente, el respeto a las instituciones, a la legislación, al Estado de derecho en suma, constituye uno de los pilares de la democracia. No es de recibo que no se acaten las sentencias de los tribunales (ordinarios o del Tribunal Constitucional), no es de recibo que se ningunee a la oposición parlamentaria impidiéndole la presentación y discusión de enmiendas a los proyectos legislativos, no es de recibo que no se respete el reparto de competencias y se creen «estructuras de estado» sin base constitucional. Cualquiera de estas quiebras del Estado de derecho justificaría la inmediata activación del artículo 155 de la Constitución.

Pero es todavía peor, si cabe, el ataque al orden constitucional cuando lo que se quiebra son los derechos de las personas, lo que les hace ciudadanos en democracia, lo que les permite vivir con dignidad en sociedad. Y ello está sucediendo día a día, en múltiples lugares de Cataluña. Los niños continúan siendo adoctrinados e, incluso, en algunos casos, vejados por ser sus padres servidores públicos. Los espacios públicos continúan presentando una escenografía intimidatoria que reclama impunidad para continuar construyendo un régimen anticonstitucional. Las conductas xenófobas se alimentan ya desde las declaraciones de cargos públicos sin limitación alguna. Se preparan dosieres y se investiga a «disidentes» con ánimo de desacreditarlos ante la opinión pública. Se desprecia a la mayor parte de la población, la que quiere continuar siendo catalana, española y europea.

No por no afectar a las instituciones, las violaciones de derechos a la ciudadanía constituyen pecata minuta en esta situación que estamos viviendo. Y que se continuarán perpetrando en cuanto se levante la aplicación del artículo 155. Muchas veces no se hacen públicas porque no se tiene acceso a medios de comunicación que puedan hacerse debidamente eco de ello. Y otras muchas por el miedo que existe en grandes sectores de la población, que teme las represalias que se anuncian por las redes sociales, como sucedió en otros lugares que pasaron por crisis incluso bélicas y por las mayores fracturas sociales que han tenido lugar desde el período de entreguerras en el siglo pasado.

El interés general está profundamente quebrado, del mismo modo que lo está la sociedad catalana. Buena parte de las Administraciones públicas, en Cataluña, no cumplen con sus obligaciones constitucionales y/o legales. Parece como si la normativa vigente solo afectara a algunos, no al conjunto de los servidores públicos ni a toda la ciudadanía.

Se necesita, pues, que se garantice la vuelta real al orden constitucional, tanto en lo relativo al buen funcionamiento de las instituciones como a la garantía de los derechos de la ciudadanía. Y, tal como se ha desarrollado la sesión de investidura del recién nombrado presidente de la Generalitat, ateniéndonos al contenido de lo expuesto en ella y en el acto de vasallaje realizado en Berlín, no cabe la menor duda de que ni la Constitución va a ser respetada ni la ciudadanía volverá a poder disfrutar sus derechos con normalidad.

Ante el anuncio del flamante president, al que hay que exigir acatamiento al orden constitucional en la toma de posesión del Govern, de que con la nueva Generalitat se van a recuperar las leyes declaradas anticonstitucionales, de que se van a crear organismos paralelos a los previstos en el Estatuto de Autonomía (asamblea de electos, Consejo de la república, reposición de todos los cargos secesionistas…) es necesario que, dado que no es posible la prórroga automática porque no estaba prevista en el acuerdo del Senado, el Gobierno y las fuerzas políticas constitucionalistas tengan prevista la rápida puesta en marcha, otra vez, del artículo 155 de la Constitución. Y que sea una aplicación de las medidas de coerción federal que verdaderamente cobren la eficacia que la Constitución pretende: garantizar el cumplimiento efectivo de todas las obligaciones constitucionales en el marco del respeto al interés general, dentro del cual, los derechos constitucionalmente reconocidos son fuente de legitimación de todo el sistema.