Viejas y nuevas discriminaciones

OPINIÓN

24 mar 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

La historia de la democracia podría resumirse en una lucha por las libertades y en contra de discriminaciones de diverso tipo. No ha terminado porque subsisten sus manifestaciones a pesar de los avances o estos son insuficientes o se intenta crearlas desde el poder. El racismo, la desigualdad de la mujer, la enseñanza diferenciada constituyen una muestra. Por lo que se refiere al primero más allá de expresiones coloquiales, importa que la discriminación por el color se manifieste violentamente o se utilice como insulto y en actitudes que dificultan la convivencia diaria como revelan testimonios recientes publicados en este periódico. Las manifestaciones en todo el país en una fecha a recordar han evidenciado que la incorporación de la mujer al mundo laboral tiene todavía metas a alcanzar para superar desigualdades injustificables. La igualdad a la luz de la Constitución no es identidad; no excluye la diferencia, sino la discriminación por sexo, como también por nacimiento, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

La cuestión ha cobrado actualidad con motivo de una moción del grupo socialista en el Congreso en la que entre otros puntos se proponía la retirada de financiación pública a los colegios de enseñanza que separan a los alumnos por sexos. Fue rechazada y el asunto está en el Tribunal Constitucional. El término separar, y no digamos el de segregar, induce a identificarlo con el de discriminación. La impresión contraria se obtiene si se habla de educación diferenciada o de un solo sexo, como se reconoce en documentos internacionales y en numerosos países. En ese sentido el artículo 2 de la Convención de la Unesco del 14 de diciembre de 1960, ratificada por España, sentó que no es discriminatoria si se ofrecen facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, se dispone de personal docente igualmente cualificado, de locales y equipo de igual calidad y permite seguir los mismos programas de estudio o programas equivalentes. Es lo que ha de comprobarse. Significativo es que la Directiva de la UE sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres en el acceso a bienes y servicios excluya de su ámbito a la educación. Solo un cierto daltonismo puede llevar a sostener el apriorismo discriminatorio de ese tipo de enseñanza.

No parece que se tenga en cuenta que la Constitución reconoce la libertad de enseñanza, y que la educación es un derecho fundamental de las personas. La peculiaridad de este derecho consiste en que para su efectividad se precisan prestaciones del Estado, creando centros públicos o con ayudas a privados, como se ha hecho con los conciertos. Lo fundamental es procurar un sistema que desde la perspectiva económica responda al criterio de eficiencia del gasto público que exige la Constitución. Aceptados los conciertos educativos, introducidos durante un Gobierno socialista, negar su aplicación a los centros citados implicaría, eso sí, establecer una nueva discriminación.