Jubílese, pero trabaje si quiere

José A. Herce TRIBUNA

OPINIÓN

ALBERTO LÓPEZ

12 feb 2018 . Actualizado a las 07:50 h.

¿Les gustaría saber, exactamente, qué porcentaje de los nuevos jubilados de cada año desean cesar su actividad laboral o profesional por completo? ¿Cuántos se sienten desgraciados por tener que hacerlo o por no poder hacerlo? ¿Cómo, unos meses después de jubilados, se sienten aquellos que vieron el cese total de su actividad como una desgracia que debían haber evitado a toda costa? ¿O cuántos se arrepienten de no haberlo hecho antes?

¿Les gustaría saber, exactamente, cómo cambiaría el perfil de los jubilados si hubiese una flexibilidad total para retirarse dentro de una amplia gama de edades, con incentivos al retraso de la jubilación o penalizaciones a su adelanto que fuesen justas y proporcionadas? ¿Con opciones para compatibilizar la pensión de jubilación con los ingresos laborales y profesionales? Se sorprenderán, quizá, de saber que todas estas figuras, más o menos perfeccionadas, existen en la normativa de la Seguridad Social española desde hace años. Pero lo que es igual de sorprendente es que todavía no tenemos un estudio a fondo, público y riguroso que nos diga cómo están funcionando cada una de estas figuras. Cómo se están acogiendo los trabajadores a las mismas y con qué resultados.

Qué evaluación podemos retirar de la experiencia para que nos guíe en el diseño de las políticas de jubilación (no de pensiones, no confundamos) del siglo XXI. Uno de los elementos más destacables en nuestro ordenamiento referido a la jubilación es el de la compatibilidad entre la percepción de la pensión completa que corresponda a cada jubilado y los ingresos del trabajo.

La normativa de la Seguridad Social, en un alarde de empatía con quienes desean practicar la compatibilidad, viene a decir que las pensiones «son incompatibles con todo ingreso laboral…», para luego añadir las excepciones a la regla general de la incompatibilidad. Se le podría dar la vuelta a la redacción empezando por decir que «las pensiones son compatibles con los ingresos laborales…» y luego enumerar las excepciones. Porque la buena noticia es que las pensiones de jubilación son compatibles con los ingresos laborales en muchos casos. Y los trabajadores apenas lo saben. Para empezar, se pueden compatibilizar trabajo y prestación, sin merma de su importe en la percepción, con ingresos laborales o profesionales irregulares que no superen el salario mínimo interprofesional (SMI). Son compatibles con ingresos laborales sin límite para asalariados y autónomos sin asalariados si estos renuncian a la mitad de la pensión. Y son compatibles sin límites de ingresos laborales y sin merma de la pensión para autónomos que tengan asalariados a su cargo. En poco tiempo, las pensiones públicas y los ingresos laborales serán plenamente compatibles para todos los trabajadores. Eso será una buena noticia para todos, incluida la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.