El seguro en el deporte: ¿Obligación o necesidad?

Alejandro López Sánchez EL EXPERTO

OPINIÓN

16 ene 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Que el deporte está de moda nadie lo duda. En una sociedad que favorece la vanidad deportiva a través de las redes sociales, el mayor crecimiento ha venido de la mano de las actividades deportivas en el medio natural.

Los deportes de montaña cuentan en la actualidad con más de 200.000 licencias, lo que supone un incremento del 251 % respecto de los datos de 1995, siendo la quinta modalidad deportiva a nivel nacional. Este crecimiento surge del interés en tener un seguro de accidentes que cubra, sobre todo, los gastos derivados del cobro de rescates que, algunas comunidades autónomas, como Galicia, están repercutiendo al deportista.

La Ley 10/1990 del Deporte regula la obligatoria suscripción de un seguro, para todos aquellos deportistas que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal. Esta norma se incluye también en las leyes autonómicas, ampliando su exigibilidad. De este modo, la reciente resolución del Comité Galego de Xustiza Deportiva de 5 de diciembre de 2017 declara responsable a un club y a su presidente por, de conformidad con el artículo 116 g) de la Ley del deporte de Galicia, no haber suscrito el correspondiente seguro de accidentes para los participantes en una salida de montaña y, debido a ello, haberlos puesto en riesgo.

Los artículos 22 y 23 de la Ley del Deporte de Galicia exigen la suscripción de un seguro de asistencia sanitaria y responsabilidad civil para aquellos que presten servicios deportivos u organicen eventos. Siendo el montañismo un deporte eminentemente no competitivo, ¿le serían exigibles estos seguros a las actividades desarrolladas por un club?

No hay duda de que la resolución es ejemplarizante pues, siendo o no obligatorio el seguro para determinadas actividades, ha de servir de acicate a entidades y deportistas que se afanan en seguir practicando deportes en el medio natural sin una cobertura de accidentes y rescate que cubra los cada vez más frecuentes percances. Sea a través de la tan dudosa figura del seguro deportivo obligatorio contenido en la licencia federativa o a través de un seguro privado, no deberíamos esperar a cubrir nuestros riesgos a que una norma nos lo exija.

Alejandro López Sánchez es abogado en López Sánchez Abogados, Máster en Derecho Deportivo y Máster en Derecho de Montaña.