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José Luis Martínez Campuzano LA OPINIÓN DE LA BANCA

OPINIÓN

17 dic 2017 . Actualizado a las 00:35 h.

El Tribunal de Justicia Europeo valoraba el 21 de diciembre de 2016 que la no retroactividad de una cláusula nula no era conforme al derecho europeo. Aclaraba de esta forma la sentencia anterior del Tribunal Supremo español que consideraba nulas en determinados casos la cláusula suelo, pero no con efectos retroactivos.

El Gobierno aprobaba el 20 de enero el Real Decreto 1/2017 Ley de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo. El objetivo era crear un mecanismo donde clientes y bancos afectados pudieran valorar las características de las cláusulas suelo en sus contratos de préstamo hipotecario, resolviendo si cumplían con las necesidades de información que pedía el Tribunal Supremo.  El alto tribunal consideraba que la cláusula suelo era legal y aplicada de buena fe por las entidades de crédito. Pero también resolvía que su comercialización debería acompañarse de requisitos especiales de información más allá de la expresamente prevista en la normativa entonces vigente.

Los bancos han cumplido desde el primer momento con el Real Decreto-ley y han mantenido un constante diálogo con sus clientes para resolver las dudas y encontrar la mejor solución a sus problemas. 

Cuatro meses más tarde se aprobaba el Real Decreto por el que se creaba y regulaba la Comisión de seguimiento, control y evaluación del proceso de negociación.  La Comisión de Seguimiento debería recopilar toda la información, valorando el desarrollo del proceso y evaluando sus resultados.

Los datos publicados hace unos días por la Comisión -más de 450.000 solicitudes estimadas por las entidades de crédito, de las que el 87 % habrían recibido ya la contraprestación en forma de efectivo, con medidas compensatorias o una combinación de ambas - confirman la actuación de los bancos conforme a criterios de transparencia y que los objetivos del Real Decreto de enero se han cumplido. Los bancos han revisado de forma exhaustiva y rigurosa todos los casos planteados, resolviendo a favor o en contra en función de que se ajustaran o no a los criterios de transparencia establecidos por la jurisprudencia.

En España existe la cultura de la vivienda en propiedad, bajo un sistema hipotecario eficaz que ha permitido que las familias tengan vivienda en propiedad bajo unas buenas condiciones financieras. Más del 80 % de las familias españolas tiene vivienda en propiedad, muy por encima de los niveles existentes a nivel europeo. Esta elevada cifra nos permite valorar la importancia de nuestro sistema hipotecario que debe ser preservado.

José Luis Martínez Campuzano es portavoz de la Asociación Española de Banca