García Margallo, ¿ha llamado al señor Nuncio?

OPINIÓN

12 oct 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Se han celebrado ya las elecciones autonómicas en Cataluña, con los resultados conocidos y las reacciones y consecuencias constatadas y por constatar. Por ello es momento para preguntar al ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel García-Margallo, si ha llamado al Nuncio del Vaticano en España, Renzo Fratini, para presentarle una protesta formal por las declaraciones del obispo de Solsona (Lérida), Xavier Novell i Gomá, solicitando el voto a favor de la independencia de Cataluña, máxime cuando el presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), Ricardo Blázquez («un tal Blázquez», que dijo Xavier Arzallus), que no tiene competencia sobre los obispos, ha mantenido silencio a pesar de la pregunta de un periodista. Además de pastorear a su grey, como dice la doctrina de la Iglesia católica, un obispo forma parte de la administración terrenal de esa Iglesia en la sede de la que es titular, es miembro de la Santa Sede (el Estado Vaticano), en tanto que le nombra el Papa -a quien debe obediencia- a propuesta de la Congregación de los Obispos, uno de los poderosos Dicasterios de la Curia Romana y a la que pertenece el prelado por su condición de tal, y cuando habla de cosas terrenales está sujeto al Concordato. España tiene firmado uno con la Santa Sede, vigente y reformado el 3 de enero de 1979; es decir, tienen suscrito un documento mediante el cual ambos Estados se reconocen derechos y obligaciones. Pues bien, en ninguno de los apartados que hacen referencia a los primeros figura que un cargo de la Santa Sede en España pueda atentar contra la integridad de España. En las relaciones bilaterales entre Estados no es infrecuente llamar al embajador de un país determinado para presentarle una protesta formal (verbal o escrita) ante una actuación explícita de su gobierno contra los intereses del otro, o simplemente porque el representante diplomático -o cualquiera de su Delegación- ha realizado hechos contrarios a la letra y espíritu del acuerdo entre ambos Estados. Cuando las relaciones se deterioran en exceso se retiran los embajadores de ambas partes y cada una encarga a un tercer Estado que se ocupe de sus asuntos corrientes en el país del que se ha alejado la representación diplomática. Por último, cuando esas relaciones alcanzan extrema hostilidad se rompen relaciones. En el caso del obispo de Solsona no consta que la UE haya desautorizado sus declaraciones y actos públicos a favor de la secesión de una parte de España; tampoco hemos sabido que el ministro de Justicia, a quien competen las relaciones con la UE, haya expresado el estupor del Gobierno a monseñor Blázquez, ni que el titular de Exteriores haya llamado al Nuncio para presentarle una protesta formal de la que se dé por enterado el Papa Francisco. No cabe argüir la libertad de expresión para justificar al titular de Solsona, ni mucho menos mirar para otro lado. Ningún otro Estado toleraría que un miembro de una nación con la que se mantienen relaciones diplomáticas se permitiese atentar contra la unidad del Estado en el que ejerce su trabajo. Y hablo de trabajo terrenal y temporal, no de magisterio.