Otro cambio legal

Gonzalo Ocampo
Gonzalo Ocampo EL RETROVISOR

OPINIÓN

02 oct 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

En la fragua de las leyes se prepara un nuevo cambio a la normativa para el tráfico, una normativa que afecta de una forma u otra a casi todos los españoles. Y, en principio, no deja de ser sorprendente la facilidad con que leyes básicas se modifican, tal como si las alternancias de Gobiernos vinculasen a trastocar el estatus anterior. Bien, pues ocurre que al cabo de unos pocos meses se limitará la velocidad máxima de circulación de vehículos de motor a los 90 km/h -en lugar de los 100 km/h ahora establecidos- en carreteras convencionales.

Parece que se trata de justificar el cambio en los elevados índices de accidentalidad que se constatan en esa clase de vías en relación con las intensidades de tráfico que soportan. Claro que esta forma de fijar valoraciones no carece de subjetividad: ¿por qué no se interrelacionan esos indicativos de accidentes con los tiempos y modos de vigilancia que llevan a cabo los agentes especializados? Es claro que donde no se atiende al tráfico con la continuidad suficiente, los desmanes aumentan y, con ellos, la creencia en las probabilidades de impunidad. No es dudoso que la anunciada variación legal ha de implicar más vigilancia en vías convencionales, básicamente por método tan sencillo como los radares, útiles para tantos fines.