Cómo lograr una planificación fiscal adecuada del cierre del ejercicio 2021

Marcos Piñeiro e Inés González

MERCADOS

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Particulares y empresas suelen plantearse muchas dudas a la hora de responder ante Hacienda, como pueden ser qué tratamiento tienen las ventas que generan una plusvalía, cómo computa el número de días trabajados en el extranjero a efectos de IRPF o qué es lo que se debe revisar en una compañía antes de acabar el año en lo que afecta al impuesto de sociedades

19 dic 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Queda menos de un mes para planificar adecuadamente los impuestos del ejercicio 2021 que, mayoritariamente, se presentarán a lo largo del próximo año 2022. A continuación exponemos algunas preguntas de interés, tanto para particulares como para empresas.

1. Mi empresa me ha desplazado al extranjero algunos días durante el año 2021 y he leído que puedo pagar menos en mi declaración del IRPF gracias a eso, ¿es cierto?

Sí, siempre que se cumplan ciertos requisitos, como que la empresa destinataria de los trabajos sea no residente en España y que donde se realicen los trabajos exista un impuesto análogo al IRPF. Esta exención, llamada régimen de expatriados, tiene un límite máximo anual de 60.100 euros sobre los rendimientos brutos. También existe el régimen de excesos, incompatible con el anterior, el cual exime de tributar al salario adicional que perciba el trabajador por encontrarse desplazado al extranjero. En caso de aplicar cualquiera de estos regímenes es recomendable conservar toda la documentación posible que acredite el cumplimiento de los requisitos (desplazamientos, beneficiario efectivo del mismo, etc.).

2. Me han recomendado en el banco que realice una aportación de 2.000 euros a mi plan de pensiones antes de fin de año y no entiendo el motivo.

La declaración correspondiente al ejercicio 2021 será la última donde se pueda reducir la base imponible del IRPF hasta 2.000 euros con la aportación a un plan de pensiones privado. Para el ejercicio 2022 el límite será de 1.500 euros.

3. Tengo previsto realizar una venta que me generará una importante plusvalía, ¿existe alguna modificación relevante de los tramos del IRPF?

Desde el 2021 se modifica la escala del ahorro, añadiéndose un nuevo tramo a la parte de base que exceda los 200.000 euros. Final de año es un buen momento para valorar si existen pérdidas que puedan compensar esas ganancias patrimoniales. Respecto a la escala general, en el Proyecto de Presupuestos de la Xunta del 2022 el tramo autonómico sube un 1 % a las bases de más de 100.000 euros.

4. Normalmente confirmo el borrador de la declaración de la renta sin añadir cambios. Entiendo que es lo correcto ya que nunca he recibido una carta de la AEAT.

El hecho de que nunca se haya recibido una comprobación no significa que se haya presentado la declaración correctamente. Conviene revisar en detalle los datos fiscales para verificar que se han trasladado bien. Además, existen ciertas cuestiones que pueden reducir la factura fiscal y que el programa no incluye automáticamente, por ejemplo, las cuotas satisfechas a colegios profesionales o determinadas deducciones autonómicas. En Galicia existen algunas de interés, como la de nacimiento de hijos, la de cuidado de hijos menores, la de alquiler de vivienda habitual, la de inversión en empresas de reciente creación o la de obras de mejora de eficiencia energética.

5 . He heredado o tengo participaciones en una empresa familiar ¿qué aspectos debo revisar a efectos de aplicar los beneficios del régimen de empresa familiar en el Impuesto sobre el Patrimonio y en el Impuesto sobre Sucesiones?

Este régimen supone, esencialmente, que las participaciones estén exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio y que se reduzca la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones en un 99 % del valor de dicha empresa familiar, siempre que se cumplan determinados requisitos.

Conviene revisar si se cumplen los requisitos de participación, que se ejerzan funciones de dirección por parte de algún miembro del grupo familiar (deben suponer más de un 50 % de sus rendimientos) y que la empresa realice una actividad económica (si arrienda inmuebles, deberá tener un empleado a jornada completa y si es una entidad holding, deberá ostentar al menos un 5 % de participación en las filiales e intervenir en su gestión). Se debe evitar la tesorería y activos y pasivos ociosos en estas empresas. Mantener un soporte documental suficiente del cumplimiento de requisitos es bastante recomendable debido a las exhaustivas comprobaciones que lleva a cabo la Administración tributaria en la revisión de la procedencia de estos beneficios fiscales.

6. ¿Qué es lo que debo revisar antes de acabar el año a efectos del Impuesto sobre Sociedades?

Entre otros, la revisión de los porcentajes de amortización y opciones de amortización fiscal libre o acelerada, de los criterios de imputación temporal de ingresos y gastos, que alguna de las operaciones realizadas en 2021 pueda considerarse con precio aplazado, o la posibilidad de aplicar la reserva de capitalización o nivelación en el caso de empresas de reducida dimensión. 

En cuanto a las deducciones, por ejemplo, recomendamos examinar la posibilidad de que se estén realizando actividades de I+D+i, si se ha ampliado la plantilla de trabajadores con discapacidad o si se han abonado impuestos en otro país para analizar opciones que eliminen la doble tributación.

7. ¿Es importante verificar el importe de la cifra de negocios de mi empresa?

Tanto a nivel de grupo como individual, el INCN (Importe Neto de la Cifra de Negocios) tiene implicaciones tributarias muy diferentes, como en el Impuesto sobre Sociedades (régimen de empresas de reducida dimensión, limitación en la aplicación de deducciones y compensación de BINs), el IAE (exención) o el IVA (siendo el concepto el «volumen de operaciones» relevante a efectos de considerarse «gran empresa»), y afecta por ejemplo también a los plazos de presentación de declaraciones (mensual o trimestral). Es importante revisar este concepto de INCN, y verificar si (previsiblemente) se superará la cifra de 1, 6, 10 o 20 millones de euros de cara a determinar y planificar estas implicaciones tributarias.

Marcos Piñeiro e Inés González, socio responsable del Departamento Tributario y manager, respectivamente, de EY Abogados en Galicia