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Mar abre una línea de ayudas a familiares directos de fallecidos en accidentes en el mar

e. a. REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

Capotillo

El cónyuge o pareja de hecho recibirá 3.000 euros y a cada descendiente menor de 21 años le corresponden 1.000 euros

09 ene 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

La pesca está considerada como uno de los oficios más peligrosos del mundo. En el 2018, último con datos completos, solo en Galicia se produjeron más de un millar de accidentes, que se saldaron con 10 víctimas mortales. Y a nadie se le escapa las situaciones de desamparo económico en las que pueden quedar las familias de las personas que pierden la vida en esos accidentes, naufragios, hundimientos, embarrancamientos, varamientos y demás siniestros. Eso es lo que ha movido a la Consellería do Mar a abrir una nueva convocatoria de ayudas para atender a quienes por un desgraciado infortunio entran de la noche a la mañana en situación de viudedad u orfandad.

La orden, que regula el acceso a una partida de 50.000 euros -ampliable en caso de que sea insuficiente-, es la segunda que se publica en este sentido y que el año pasado se otorgó a la pareja y al hijo de una persona que pereció en un accidente marítimo, que cobraron en menos de un mes desde que presentaron la solicitud.

Beneficiarios

Esta segunda convocatoria también va dirigida a atender a los familiares directos de tripulantes gallegos o trabajadores de la flota con puerto base en Galicia. Así, las ayudas cubrirán a parejas e hijos de marineros gallegos, independientemente del tipo de barco y pabellón en el que estén enrolados, y a los tripulantes de otras provincias y nacionalidades que coticen al régimen especial del mar y estén enrolados en un buque con puerto base en Galicia. Por gallego se entiende cualquier ciudadano que resida y esté empadronado en cualquiera de los municipios de Galicia.

Se extienden también a mariscadores que dispongan de pérmex y que estén desarrollando lícitamente su actividad y a trabajadores de las bateas y viveros flotantes radicados en Galicia.

En cuanto a las personas desaparecidas en siniestros marítimos, para la Consellería do Mar adquirirán la condición de fallecidos a los diez días desde el momento del siniestro.

La cantidad que recibirá la viuda o viudo -o pareja de hecho- de la persona que pierda la vida en el siniestro serán 3.000 euros y cada descendiente menor de 21 años le corresponderán 1.000 euros.

Las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria no se harán públicas en el Diario Oficial de Galicia, dado que se trata de uno de los supuestos de excepción a los registros públicos de la Lei de Orzamentos.