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Competencia siembra dudas sobre la legalidad de subrogar a los estibadores

E. Abuín REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

CESAR QUIAN

Presenta una cuestión prejudicial al respecto ante el Tribunal de Justicia de la UE

27 jun 2019 . Actualizado a las 08:14 h.

La estiba portuaria no logra sacarse de encima las sospechas de prácticas monopolísticas. Cuando ya parecían agua pasada las trifulcas por la liberalización del servicio, y patronal y sindicatos incluso celebraban un real decreto que ponía fin a cinco años de incertidumbre, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recordó que todavía pende sobre esa paz social el procedimiento sancionador que en el 2017 abrió contra el acuerdo marco de la estiba.

Trajo a colación ese proceso ayer mismo, al anunciar que lo deja en suspenso. Claro que solo temporalmente. Hasta que el Tribunal de Justicia de la UE responda a la cuestión prejudicial que el superregulador le ha planteado para determinar si es legal un acuerdo como el que han adoptado operadores y trabajadores -respaldado por el real decreto aprobado en marzo por el Gobierno socialista- que impone la subrogación obligatoria de los estibadores.

A lo que Competencia se refiere como «una cuestión prejudicial» son en realidad cuatro preguntas. La primera, y de la que penden -y dependen- las demás, es si el derecho comunitario permite o no acuerdos, aunque sea bajo la denominación de convenios colectivos, que imponen la subrogación de operarios vinculados con las antiguas Sagep (sociedades anónimas de gestión de trabajadores portuarios) a las empresas que precisamente se separan de esas sociedades. La CNMC también consulta si el decreto aprobado en marzo contraviene las reglas comunitarias al fijar el modo en que esos traspasos deben realizarse y si un organismo como Competencia podría dejar sin efecto esas disposiciones legales. También pregunta si puede imponer multas y sanciones coercitivas a las empresas que han absorbido trabajadores si resulta que esas prácticas son contrarias a derecho.

Más allá de la negociación

La consulta al Tribunal de Luxemburgo que hace el superregulador es para ir sobre seguro, puesto que está convencido de que el acuerdo y el real decreto que lo respalda introdujo «una serie de obligaciones comerciales entre operadores que van más allá del ámbito de la negociación colectiva» e, incluso, de la norma que liberalizó el sector. Y eso «puede suponer una restricción al derecho de separación y libre competencia», sugiriendo que con la subrogación se perpetúa el monopolio que tenían las Sagep antes de que se extinguieran con la reforma del sector.

Reacción de la patronal

La patronal de la estiba, Anesco (Asociación Nacional de Empresas Estibadoras), no ha tardado en reaccionar a la incursión de Competencia en esa paz social que tanto le ha costado conseguir. Sin entrar a valorar el contendido del expediente pendiente de resolución, cargó contra «esta nueva dilación» que solo genera «una incertidumbre que perjudica la competitividad del sector y la seguridad jurídica de inversores, tráficos y trabajadores. Anesco tiene claro que la subrogación de los trabajadores «es materia típicamente laboral» y, por tanto, no sujeta a las normas de competencia comunitaria. Añade que lo único que se persigue es garantizar el empleo a los estibadores que ya estaban en el sector antes de su reforma y que el real decreto aprobado en marzo recoge al pie de la letra la cláusula de subrogación pactada por patronal y sindicatos.

De esta manera, la patronal subraya que la cuestión prejudicial planteada es «de dudosa admisibilidad», dado que la CNMC es «un órgano administrativo, no jurisdiccional», sentencia.