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Bruselas ganará poder para limitar la potencia de los barcos más tecnificados

E. Abuín REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

MONICA FERREIROS

El sector defiende que el mayor caballaje imprime más seguridad a las tripulaciones

19 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El Consejo de la Unión Europea, bajo la batuta de la presidencia maltesa, alcanzó un acuerdo político con el Parlamento Europeo para actualizar la normativa relativa a los barcos pesqueros y sacar adelante el proyecto de reglamento sobre las características de las embarcaciones. Este paso se enmarca en la ofensiva que la propia Europa ha lanzado para ordenar, simplificar y hacer comprensible su legislación que, al menos en el caso de la pesca, llega al punto de ser una auténtica maraña de normas que incluso se contradicen entre sí.

En este caso, es el reglamento 2930/86 el que se aligera. El proyecto de normativa -que Bruselas espera que entre en vigor a mediados del presente año-, mantiene prácticamente el contenido de su predecesor, que data de 1986, aunque este fue modificado en varias ocasiones en años posteriores. Según el Consejo, la normativa en fase de aprobación lo actualiza y lo adapta al marco legal vigente.

Aunque ni la Comisión ni los Veintiocho han abundado en el contenido del reglamento, sí han avanzado que el texto dará al Ejecutivo comunitario competencias adicionales para adaptar o limitar la potencia del motor en línea con los desarrollos técnicos incorporados en las máquinas, así como para atender a los cambios que exijan las normas internacionales ISO.

Ni que decir tiene que esos mayores poderes han inquietado al sector pesquero, dado que la Comisión Europea da por hecho que todo aumento de potencia en la embarcación tiene efectos directos en la capacidad extractiva, cuando no siempre es así. Es más, en ocasiones esos incrementos de caballaje en los motores se realizan para dotar de mayor seguridad a las embarcaciones y a sus tripulantes. Es el caso de las lanchas que se dedican al percebe, que por más motor que incorporen, esa potencia no se traslada a una mayor captura de producto y sí gana en maniobrabilidad para escapar del oleaje. Lo mismo ocurre con las embarcaciones que faenan con nasas, donde la mayor o menor potencia de las máquinas no incide en los kilos de pulpo o nécora que entran en las trampas y sí en el tiempo que se tarda en llegar al caladero.

Como unas castañuelas

Ajeno a esa inquietud, el secretario de Agricultura, Pesca y Bienestar animal de Malta, Roderick Galdes, expresó su satisfacción por el acuerdo alcanzado recientemente, al tiempo que destacó su celeridad: «Un acuerdo tan temprano bajo la Presidencia maltesa, el primero del año, confirma el compromiso de Malta con el sector pesquero y es una demostración de nuestra determinación para proponer un reglamento mejor», dijo.

De todos modos, el proyecto de reglamento todavía debe ser ratificado por el Comité de Representantes Permanentes del Consejo (Coreper). Además, tras la aprobación oficial por el Consejo de la UE, la nueva legislación será presentada al Parlamento Europeo para su votación en primera lectura, y a los Veintiocho para su adopción final.

El texto que debe clarificar la edad de jubilación de los marineros por tipo de embarcaciones

Ese reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que definirá las características de las embarcaciones de pesca es también el texto por el que está esperando el Gobierno español con el fin de clarificar el caos surgido con los coeficientes reductores de la edad de jubilación a raíz de que, tras un cruce de datos entre los registros de la Dirección General de la Marina Mercante y los del Instituto Social de la Marina (ISM), se le recortaran los porcentajes que se venían aplicando a la tripulación de medio centenar de embarcaciones de altura y gran altura. Aunque en un primer momento, Madrid comunicó a los marineros afectados las modificaciones en su coeficiente, tras una serie de reuniones con patronal, sindicatos y comunidades autónomas, decidió seguir aplicando las antiguas bonificaciones y se encomendó al reglamento comunitario que se aprobará en la UE para establecer definitivamente el porcentaje que se le aplica al colectivo.

Cruce de datos

En ese cruce de datos a nivel de Administración central, el Gobierno rebajó de 0,40 a 0,20 el coeficiente a los marineros enrolados en 37 arrastreros y 14 palangreros que Madrid dejó de tener por congeladores debido a que tenían una eslora menor que la de los grandes arrastreros, a pesar de que los tripulantes cumplen todos los requisitos para beneficiarse de la reducción máxima al igual que los de mayor envergadura.