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Bruselas amplía la vigilancia sobre los buques para combatir la pesca ilegal

e. a. REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

M. Moralejo

Pretende regular también las licencias privadas, cambios de bandera y fletamentos

11 dic 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

La Comisión Europea ha dado un paso más en su particular cruzada contra la pesca ilegal. Lo ha hecho poniendo sobre la mesa nuevas normas para mejorar la transparencia y el control, tanto de la flota comunitaria que faena en aguas de terceros países o en aguas internacionales, como de los barcos de otros países que pesquen en aguas de la UE. Así, ha propuesto un nuevo sistema de concesión y gestión de autorizaciones de pesca que permitirá a las autoridades controlar mejor a los buques propios en aguas ajenas y a los ajenos en caladeros propios.

Amplía así la lupa sobre las embarcaciones de larga distancia, que, para beneficiarse de una licencia de pesca en un tercer país, ya sea en el marco de un acuerdo de asociación pesquera, como el que la UE tiene, por ejemplo, con Marruecos o Mauritania, y mismo de una licencia privada al margen de la Administración comunitaria, tendrán que cumplir una serie de criterios esenciales que el Estado miembro del pabellón deberá comprobar minuciosamente.

Los requisitos afectan tanto a la información sobre el buque y el capitán, además de disponer obligatoriamente del número de la Organización Marítima Internacional (OMI), una licencia de pesca válida y que no tenga en su historial infracciones graves. Eso, por lo general, pero esos criterios podrían tener que completarse con otros específicos dependiendo de la autorización de que se trate. Así, si es una licencia otorgada por un tercer país, los armadores tendrán que comunicar a su país datos como la autoridad competente que autoriza la pesca e incluso la cuenta bancaria para el abono de los pagos y la legislación aplicable.

Ámbito de aplicación

De aprobarse la propuesta de la Comisión, el reglamento por el que ahora se otorgan las autorizaciones de actividad pesquera quedará derogado y se ampliará su ámbito de aplicación para abarcar tanto las operaciones de fletamento -cuando un buque de la UE se alquila para realizar faenas pesqueras, las operaciones de cambio de pabellón y las citadas autorizaciones directas o licencias privadas.

El Ejecutivo comunitario puntualiza que esto no quiere decir que se vayan a prohibir los cambios de bandera, pero sí que se introducirán medidas para disuadir a los armadores de que lo hagan para eludir las normas comunitarias y de los terceros países. De esta manera, si un buque desea reincorporarse al registro de la UE, el Estado miembro del pabellón debe comprobar que, cuando el buque había dejado de figurar en la lista, seguía cumpliendo los requisitos esenciales de la UE, tales como la declaración de capturas y del esfuerzo pesquero, las autorizaciones de pesca o que no pesan sobre él sanciones.

La medida ha sido aplaudida por las organizaciones conservacionistas, que consideran que logrará sellar vacíos legales y poner trabas a los reabanderamientos. Sostienen que existen pruebas de que hay «operadores de la UE cambiando rápida y repetidamente el pabellón del buque por uno de Estados extracomunitarios que, en algunos casos, no combatían la pesca ilegal. Dichos armadores podían entonces volver a cambiar el pabellón del buque por uno de la UE y beneficiarse de los acuerdos de acceso y las subvenciones», dicen Pew, Oceana, EJF y WWF en un comunicado. La Comisión calcula que las normas afectarán a partir del 2017 a unos 700 barcos europeos, 300 en el marco de acuerdos comunitarios.