El Supremo mantiene 9 años de cárcel para el hombre que raptó a su novia

Xosé Carreira LUGO / LA VOZ

OUTEIRO DE REI

El alto tribunal destaca que el relato de la víctima fue claro, preciso y lógico

08 ene 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El Supremo fue inclemente con el hombre condenado a casi nueve años de cárcel por haber raptado temporalmente a su pareja quien finalmente pudo saltar del coche y correr monte a través en plena noche para ponerse a salvo. El alto tribunal da plena validez a la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo que impuso a Daniel L. P., catorce meses de prisión por dos delitos de maltrato; año y medio por maltrato habitual y cinco por detención ilegal. Los hechos sucedieron en el verano de 2013 entre Outeiro de Rei y Castro Ribeiras de Lea.

Contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo recurrieron el abogado del acusado y también la acusación particular. Esta última reclamaba que el hombre fuese condenando por nueve delitos de maltrato de obra, dos de coacciones y tres de amenazas, algo que no hizo la Audiencia.

El letrado del acusado argumentó que la versión de la víctima era «pura fantasía» y que resultaba totalmente inverosímil. Decía, además, que no existía ningún dato objetivo de corroboración sino meros testimonios de referencia de amigas y parientes, pero sin que se aportase ni un solo parte de lesiones ni testigo directo de alguna de las agresiones físicas o verbales. Añadía también que los testigos de la defensa pusieron de manifiesto que la joven era de carácter fuerte, posesiva y celosa por lo que sugería que pudo haber presentado una denuncia falsa.

De todos modos advierte el Supremo que la declaración de la víctima puede ser tenida como prueba de cargo suficiente. En este sentido dice que el fallo que su testimonio resultó de lo más convincente, ofreciendo un relato claro, preciso, lógico, coherente y persistente a lo largo del proceso. Destaca que antes de lo sucedido no existía causa alguna de inquina, ni malas relaciones que hubieran podido llevar a la víctima a imputar falsamente a al hombre. Reseña que el acusado, aunque en el juicio negó los hechos, «había reconocido parcialmente los mismos en instrucción».

Los hechos probados declaran acreditado que la pareja tuvo una relación de noviazgo desde finales de 2010 hasta 2013. En los últimos meses, el acusado llegó a agredir a su compañera en varias ocasiones, profiriendo insultos y amenazas, tratando de imponer su voluntad. En abril de 2013, en las fiestas de Aguiar, en Outeiro de Rei, la golpeó en los brazos y le tiró varios objetos que había en el coche en el que estaban.

En la madrugada del 25 de julio del mismo año ella llegó a casa y cuando metía el coche en el garaje, llegó él y la agarró violentamente. Seguidamente, le metió los dedos en la boca para que no gritara y la introdujo a la fuerza en su vehículo. Cerró las puertas y emprendió la marcha hacia un monte. Durante el trayecto la insultó y la amenazó diciéndole que esa noche iría con su prima que había fallecido hacía unos años.

La mujer pidió en varias ocasiones al condenado que parara el coche, pero no lo hizo. Trató de tirar del freno de mano e incluso intentó romper una ventanilla con un codo. En uno de los golpes recibidos, la muchacha se dejó caer hacia el asiento de atrás porque sabía que una puerta no cerraba bien. Cogió el móvil que tenía oculto en los botines y llamó a su madre. Al tener respuesta, se tiró del coche y escapó corriendo por el monte hasta que la encontraron sus padres.