Los asaltantes del burdel de O Corgo pagarán con más de 5 años de cárcel

Xosé Carreira LUGO / LA VOZ

O CORGO

Xosé Carreira

La Audiencia Provincial les impuso las mismas penas que pidió el fiscal

21 jul 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

El tribunal que juzgó a los dos rumanos acusados de asaltar el club Tritón de O Corgo para robar el dinero que suponían había en la caja fuerte no tuvo ningún tipo de clemencia con ellos. Les impuso la misma pena que pidió el fiscal durante la celebración del juicio. Finalmente pagarán con un total de diez años y medio de cárcel. La sentencia establece cinco años y tres meses para cada uno y multas que ascienden a seis mil euros.

La condena es por un robo con violencia en grado de tentativa en concurso medial con un delito de detención ilegal, con la agravante de disfraz y también por sendas faltas de lesiones de las que fueron víctimas la mujer que hacía la limpieza y otro empleado de mantenimiento. Los hechos sucedieron sobre las nueve de la mañana del 23 de septiembre de 2014 cuando los dos hombres entraron en el local de alterne con la cara cubierta con capuchas y portando guantes. Su objetivo era la caja fuerte del local porque, según dijeron, en los ambientes del hampa lucense se rumoreaba que casi siempre había una buena recaudación. Por eso, los dos jóvenes decidieron dar el palo, pero todo les salió mal.

El primer traspiés fue encontrarse con la limpiadora. Sin saber muy bien qué hacer, la cogieron por el pelo y la llevaron hasta la cocina. Allí la ataron y amordazaron con un trapo y bridas de plástico.

Poco después, otro contratiempo. Entró un hombre que hacía diversos trabajos en el local. Ya había estado con anterioridad, pero se fue del establecimiento antes de que los asaltantes entrasen. En este caso le taparon la cara y lo golpearon en el rostro y lo tiraron en el suelo.

Los empleados sufrieron diversas lesiones como consecuencia del ataque. El varón tardó un mes en sanar.

Recuerda el fallo que ambos acusados admitieron su participación en los hechos, si bien dijeron que no tenían intención de causar daño alguno. Esta manifestación no les sirvió de nada porque acabaron siendo condenados con la máxima pena que pedía el fiscal.

«Como justificación a lo ocurrido, alegaron que necesitaban dinero, lo que evidencia ánimo de lucro», expresa la sentencia de la Audiencia. Para el ponente fue relevante la versión del agente de la guardia civil que hizo la inspección ocular y que dijo que fue recogiendo prendas de ropa de las que los acusados se fueron desprendiendo. Estas ropas fueron enviadas a criminalística para su análisis y se comprobó que les pertenecían.

No duda el ponente de que hubo delitos de lesiones y recuerda que fueron los propios acusados quienes las corroboraron al indicar que arrastraron por el pelo a la mujer de la limpieza y que, cuando se vieron sorprendidos, por el otro empleado lo golpearon, si bien manifestaron que lo hicieron con el propósito de zafarse de él y poder escapar.

El tribunal tampoco tiene dudas a la hora de establecer la agravante de disfraz. «El empleo de la capucha para taparse la cara fue tan eficaz que ninguno de los testigos pudo reconocer a los acusados», indica el fallo judicial.

 No hubo dilaciones

Los magistrados que se ocuparon del caso no consideraron que hubiese dilaciones en el proceso porque, dice la sentencia, se practicaron múltiples diligencias teniendo en cuenta cierta complejidad de la causa. «El período transcurrido hasta la fecha de enjuiciamiento no excede de lo razonable, debiendo valorarse que ninguna paralización relevante se ha producido a lo largo de la tramitación», expresa el fallo que se conoció en el transcurso de la jornada de ayer.