O Chucán, el lucense que mató a una mujer en el 2007, condenado por apuñalar a un compañero de residencia

André Siso Zapata
André S. Zapata LUGO / LA VOZ

LUGO CIUDAD

José Carnero, O Chucán, durante el juicio por el apuñalamiento de un compañero de residencia.
José Carnero, O Chucán, durante el juicio por el apuñalamiento de un compañero de residencia. ALBERTO LÓPEZ

José Carnero, que ya pasó seis años en prisión por el homicidio de Pilar Palacios en Sober, tendrá que cumplir siete más tras dar por probado el tribunal de la Audiencia de Lugo que trató de acabar con la vida de un conocido en Baralla en el 2021

24 feb 2023 . Actualizado a las 17:57 h.

José Carnero, el vecino de Sober conocido con el mote de O Chucán, ha sido condenado a siete años de prisión por apuñalar a un compañero de residencia en Baralla en el verano del 2021. Así lo acordó el tribunal de la Audiencia Provincial de Lugo, que dio por probado que Carnero, que tiene ahora 66 años, tenía la intención de «ocasionar la muerte» a su compañero en el centro cuando lo atacó, «sin mediar palabra», con un cuchillo de 21 centímetros que le clavó en el costado izquierdo y que, a continuación, trató de asestarle otra puñalada en el tórax.

Carnero ya fue condenado a 10 años de cárcel en el 2013 por el asesinato de Pilar Palacios, una mujer a la que llevó a su casa de Sober y a la que mató en la cuadra que tenía en su domicilio. En un primer juicio, fue absuelto por falta de pruebas, pero luego fue condenado tras confesarle el crimen a un periodista de La Voz en una entrevista. 

Por aquel asesinato, pasó seis años en prisión. En el 2019 quedó libre, e ingresó en la residencia Remar de Baralla. Dos años después, fue detenido por apuñalar a su compañero, que tuvo que ser hospitalizado. Ahora, la Audiencia lo condena a siete años más de cárcel. Desde el incidente, ya ha estado interno en la prisión de Bonxe (Outeiro de Rei), donde cumplirá su pena.

Rechazan que actuase en defensa propia

En la sentencia, la Audiencia de Lugo recoge que Carnero, quien en el juicio alegó haber actuado en defensa propia, «tiene una situación mental que conlleva una alteración de conducta, enfermedad de párkinson», además de un «trastorno de personalidad con un coeficiente intelectual bajo».

Por ello, desecha la versión ofrecida por el procesado al entender que no existen pruebas, más allá de su propio testimonio que contradice el de la víctima, de que fue agarrado por el cuello por el agredido. Para el tribunal, este argumento «no está apoyado ni en ningún sitio físico ni en la declaración de ninguna otra persona», por lo que su versión «se encuentra huérfana de prueba y no puede verse estimada».

La Audiencia estima el agravante de reincidencia al tratarse de un delito similar y no haber superado el período de cancelación de la pena impuesta por el crimen del 2007, y también un atenuante por su estado físico, ya que, aunque considera que sus capacidades «intelectivas y volitivas» no estaban alteradas, sí estaba afectado por el «cúmulo de patologías o disfunciones» que padece.

O Chucán llegó al juicio escoltado por la Guardia Civil y la Policía Nacional.
O Chucán llegó al juicio escoltado por la Guardia Civil y la Policía Nacional. ALBERTO LÓPEZ

Intento de homicidio, no de asesinato

Con todo, el tribunal considera los hechos un delito de tentativa de homicidio y no de asesinato como reclamaba la defensa. Los jueces argumentan que las circunstancias del momento del ataque, con los implicados frente a frente después de que la víctima se girase hacia O Chucán, la forma de proceder de este «no fue prevista ni causada de propósito».

Por ello, considera a Carnero culpable de un delito de intento de homicidio por el que impone una pena de siete años de cárcel, así como una orden de alejamiento de la víctima por un período de 15 años. Contra el fallo de la Audiencia Provincial cabe recurso de apelación.