Operación Pokémon: once personas serán juzgadas por la concesión de la grúa municipal de Lugo en la pieza principal de la macrocausa

André Siso Zapata
André S. Zapata LUGO / LA VOZ

LUGO CIUDAD

La Fiscalía pide nueve años de cárcel para Fernández Liñares, principal acusado de la pieza principal de la Operación Pokémon.
La Fiscalía pide nueve años de cárcel para Fernández Liñares, principal acusado de la pieza principal de la Operación Pokémon. ALBERTO LÓPEZ

El acusado de mayor relevancia es Fernández Liñares, exconcejal, para el que piden nueve años de cárcel y una fianza de 1,26 millones de euros. El juzgado acordó el año pasado archivar toda la causa salvo esta pieza

25 nov 2022 . Actualizado a las 13:42 h.

La Operación Pokémon está un paso más cerca de llegar a su fin. El Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, que inició la macrocausa judicial que hizo temblar los cimientos de la política gallega hace una década, acordó este miércoles dictar la apertura del juicio oral de la pieza principal del proceso.

La adjudicación del servicio de la grúa municipal a Cechalva a cambio de sobornos salpica a varios cargos de la empresa, pero también a figuras políticas de la relevancia de Francisco Fernández Liñares, exconcejal de Lugo y expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil. Él y otras diez personas tendrán que sentarse en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Lugo para enfrentarse a penas de hasta nueva años de prisión.

Fue el Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) el que confirmó la decisión del juzgado. Quien inició el caso fue la jueza murciana Pilar de Lara Cifuentes en el año 2012, pero es ahora una magistrada en funciones de sustitución, Yanet Puga (que estuvo en el número 4 y en el juzgado de Vilalba anteriormente), quien ha tomado la decisión de abrir juicio oral. Este paso era cuestión de tiempo y se trata de un nuevo episodio esperado dentro de la causa.

A la jueza Pilar de Lara, la extraordinaria extensión de este tipo de macrocausas, como la Pokémon y la Carioca, le valieron una sanción del Poder Judicial que terminó costándole su puesto en Lugo.

¿Qué se juzgará?

El origen de esta causa es la concesión del servicio de la grúa municipal a la empresa asturiana Cechalva por parte del Concello de Lugo. Según el juez, la Fiscalía y las acusaciones, esta adjudicación se habría realizado de manera fraudulenta. La compañía, presuntamente, habría acordado con Fernández Liñares que el político debía mediar en el proceso para que ellos se hicieran con el servicio público a cambio de sobornos —unos 2.000 euros mensuales— para el político y varios socios.

Los principales beneficiarios serían Liñares y Javier Reguera (enlace entre Cechalva y Liñares) y sería Manuel Santiso (constructor y hombre de confianza de Liñares) quien, junto a ellos, entrarían a formar parte de la empresa mediante el uso de testaferros, para obtener beneficios derivados de los éxitos empresariales de la compañía.

La adjudicación se produjo en el año 2005, pero no fue casi hasta un lustro después cuando se comenzó a investigar sobre su concesión. En total, defiende el escrito, estas cantidades ficticias, obtenidas usando datos contables falsos, le supusieron al Concello un sobrecoste de casi 370.000 euros entre los años 2006 y 2012.

¿Quiénes son los acusados?

Entre las once personas que se sentarán en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Lugo figura Francisco Fernández Liñares, el expresidente de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil y exteniente de alcalde y exconcejal del Ayuntamiento de Lugo. La Fiscalía lo acusa de cometer los siguientes delitos: cohecho, prevaricación, blanqueo de capitales y violación de secretos por funcionario público. Por ello, solicita que sea condenado a nueve años y medio de cárcel, al pago de una multa de 950.000 euros y a la inhabilitación para empleo o cargo público durante 32 años.

Javier Reguera, a quien se le atribuye ser el enlace entre Cechalva y el político, se enfrenta a una petición de siete años y ocho meses de cárcel por presuntamente cometer delitos de aprovechamiento de información privilegiada, cohecho, falsedad en documento mercantil y contable.

De los mismos delitos están acusados tres socios de la empresa (Manuel Santiso, Jorge Pío Cecchini Estrada y José Luis Álvarez), para quienes el fiscal exige, respectivamente, penas de prisión de siete años y ocho meses; seis años y tres meses; y dos años y tres meses.

A otros dos acusados, J.E.C.L. y a A.P.V., les imputa un delito contable y otro de falsedad en documento mercantil, por los que solicita, para cada uno de ellos, dos años y tres meses de prisión.

Otras dos personas investigadas están acusadas de cometer un delito de falsedad en documento mercantil, por el que se enfrentan, respectivamente, a una petición de seis meses y de un año y nueve meses de cárcel.

Por último, el Ministerio Público solicita tres años y medio de cárcel y cuatro años, respectivamente, para dos empresarios sospechosos de un delito de blanqueo de capitales. El segundo de ellos es Miguel García Gesto, administrador de la empresa Artenosa. Esta compañía está vinculada con la causa porque Liñares era socio y parte activa, y se benefició de la adjudicación del servicio de la publicidad de las marquesinas de los autobuses urbanos, que también estuvo bajo investigación.

Además, para cada una de las dos empresas implicadas, Cechalva y Construcciones Sanle Lugo S. L., demanda el pago de una multa de 4.050 euros y la inhabilitación, por un plazo de siete meses, para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar en el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

Ya se contempla una hipotética rebaja de pena

En el auto de la jueza, sin embargo, ya se contempla la posibilidad de que los acusados obtengan una rebaja de pena en caso de ser condenados. En el documento, Yanet Puga afirma que «concurre la circunstancia atenuante de dilación indebida y extraordinaria del procedimiento» por la tardanza en juzgar a los procesados, alguno de los cuales lleva una década imputado. 

Ninguno está en prisión provisional

En el auto, la jueza confirma la libertad provisional de los investigados, pues explica que no han variado las circunstancias respecto a cuando acordó la medida. El único que tiene una petición de prisión por otro asunto es Liñares, que fue condenado por cohecho en el año 2021 por la Audiencia y tiene interpuesto un recurso que le mantiene fuera de prisión hasta que sea resuelto.

De hecho, Liñares fue condenado hace unos meses a 1 año y 4 meses de cárcel por su implicación en la pieza original de la Pokémon, la que juzgaba la concesión del contrato de la ORA a la empresa Vendex. Él y dos miembros de la compañía, entre los que también estaba Reguera, aceptaron una rebaja de condena a cambio de declararse culpables de unos delitos de cohecho, tráfico de influencias y pertenencia a grupo criminal.

En la resolución, debido a las responsabilidades pecuniarias en las que podrían incurrir los acusados, ordena requerirlos para que presten fianzas. La más pequeña es de 2.400 euros, mientras que la mayor es la de Liñares: 1.266.666 euros. En medio, Reguera y Santiso deberán pagar 345.333 euros. Los empresarios, entre 100.000 (Demetrio) y 400.000 (García Gesto). 

La jueza, además, pide el sobreseimiento para Miguel Ángel, otro de los investigados que ahora queda libre de culpa, y para Concepción, esposa de Liñares, que seguirá figurando en la causa como «partícipe a título lucrativo de los efectos de los delitos presuntamente cometidos por su esposo».

Contra el auto de apertura de juicio oral de la pieza principal de la operación Pokemon, la cual consta de alrededor de 170.000 folios, no cabe presentar recurso, excepto en lo relativo a la situación personal de los acusados.

Las peticiones de penas y delitos de cada acusado:

  

Francisco Fernández Liñares, exconcejal y expresidente de la Hidrográfica:

• Por el delito de cohecho cometido por particular y violación de secretos por funcionario público, la pena de 1 AÑO y 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 AÑOS.

• Por el delito de cohecho cometido por funcionario público, la pena de 4 AÑOS de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA de 250.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 250 días, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 8 AÑOS.

• Por el delito de prevaricación, la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 8 AÑOS.

• Por el delito de blanqueo de capitales, la pena de 4 AÑOS de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA DE 700.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 200 días, e inhabilitación absoluta por tiempo de 14 AÑOS.

Javier Reguera, enlace entre Cechalva y Liñares:

• Por el delito de cohecho cometido por particular y aprovechamiento de información privilegiada, la pena de 1 AÑO y 2 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

• Por el delito de cohecho cometido por particular, la pena de 4 AÑOS de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA de 250.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 250 días, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 8 AÑOS.

• Por el delito de falsedad en documento mercantil, la pena de 2 AÑOS de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA DE 10 meses, con cuota diaria de 30 euros y responsabilidad subsidiaria prevista en el artículo 53 del CP.

• Por el delito contable continuado, la pena de 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Manuel Santiso, empresario propietario de la empresa Sanle y beneficiario de la Pokémon

• Por el delito de cohecho cometido por particular y aprovechamiento de información privilegiada, la pena de 1 AÑO y 2 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

• Por el delito de cohecho cometido por particular, la pena de 4 AÑOS de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA de 250.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 250 días, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 8 AÑOS.

• Por el delito de falsedad en documento mercantil, la pena de 2 AÑOS de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA de 10 MESES, con cuota diaria de 30 euros y responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP.

• Por el delito contable continuado, 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Jorge p. c. e.:

• Por el delito de cohecho cometido por particular y aprovechamiento de información privilegiada, la pena de 1 AÑO de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

• Por el delito de cohecho cometido por particular, la pena de 3 AÑOS de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA de 150.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 150 días, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 7 AÑOS.

• Por el delito de falsedad en documento mercantil, la pena de 1 AÑO y 9 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA de 9 MESES, con cuota diaria de 20 euros y responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del CP.

• Por el delito contable continuado, la pena de 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

José Luís Álvarez, empresario:

• Por el delito de cohecho cometido por particular y aprovechamiento de información privilegiada, la pena de 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

• Por el delito de cohecho cometido por particular, la pena de 1 AÑO de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA de 80.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 80 días, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 7 AÑOS.

• Por el delito de falsedad en documento mercantil, la pena de 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA de 6 MESES, con cuota diaria de 20 euros y responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP.

• Por el delito contable continuado, la pena de 3 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Ángel P. V.:

• Por el delito de falsedad en documento mercantil, la pena de 1 AÑO y 9 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA de 9 MESES, con cuota diaria de 15 euros y responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP.

• Por el delito contable continuado, la pena de 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

José Eduardo, empresario:

• Por el delito de falsedad en documento mercantil, la pena de 1 AÑO y 9 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA de 9 MESES, con cuota diaria de 15 euros y responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP.

• Por el delito contable continuado, la pena de 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Cechalva S. L., empresa adjudicataria:

• Por el delito contable continuado, la pena de MULTA de 9 MESES, con cuota diaria de 15 euros, y de conformidad con lo establecido en los artículos 66 bis y 33.7 del CP la inhabilitación especial para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar en el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales y de la Seguridad Social por un plazo de 7 MESES.

Construcciones Sanle Lugo S. L., empresa que gestionaba el servicio de la grúa

• Por el delito contable continuado, la pena de MULTA de 9 MESES, con cuota diaria de 15 euros, y de conformidad con lo establecido en los artículos 66 bis y 33.7 del CP la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar en el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social, por un plazo de 7 MESES.

Antonio, empresario:

• Por el delito de falsedad en documento mercantil, la pena de 1 AÑO y 9 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA de 9 MESES, con cuota diaria de 12 euros y responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP.

Consuelo, empresaria:

• Por el delito de falsedad en documento mercantil, la pena de 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA de 6 MESES, con cuota diaria de 10 euros y responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP.

Demetrio Arias, empresario:

• Por el delito de blanqueo de capitales, la pena de 3 AÑOS y 6 MESES de prisión, con la accesoria de inhabitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA de 75.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 75 días.

Miguel García Gesto, administrador de la empresa Artenosa, de la que era socio Fernández Liñares y que obtuvo la concesión del servicio de publicidad de las marquesinas de los autobuses urbanos

• Por el delito de blanqueo de capitales, la pena de 4 AÑOS de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA de 300.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 300 días, e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de 2 AÑOS.

• Alternativamente, procede imponer la pena de 1 AÑO y 3 MESES de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, MULTA de 300.000 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 300 días, e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de 1 AÑO.