El Concello no puede cobrar por ocupación de la vía pública, advierte Lugo Monumental

L.G.C. LUGO / LA VOZ

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Puestos de venta del Arde Lucus, antes de la pandemia
Puestos de venta del Arde Lucus, antes de la pandemia Carlos Castro

La sentencia que anula la ordenanza del 2021 es firme y la anterior no es aplicable, al haberse aprobado una posterior

02 may 2022 . Actualizado a las 11:16 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ratificado la firmeza de la sentencia que anula el artículo cuatro de la ordenanza de ocupación de la vía pública en Lugo del 2021. Ese artículo es el que definía cuánto debía pagarse por la ocupación, y al ser invalidado, la ordenanza pierde su sentido, recuerda Lugo Monumental, que en su día fue quien judicializó la cuestión. 

El colectivo del casco histórico denuncia que el Concello, al no poder echar mano de la norma del 2021, pretende aplicar la ordenanza anterior, la del 2020, pero el colectivo advierte que no es posible, puesto que su vigencia finalizaba con la aprobación de una nueva. «Si la nueva ordenanza hubiera sido anulada completamente por el Tribunal, se podría llegar a entender que sería de aplicación la anteriormente vigente (algo harto discutible), pero al no ser el caso, no cabe duda alguna de que eso no es así», argumentan desde la asociación. 

A nivel práctico, esto significa que las bases para la instalación de los puestos del próximo Arde Lucus no tendrían sentido, puesto que no se podría aplicar el precio de ocupación del 2020. Lugo Monumental ya recurrió estas bases, pero hasta el momento no han recibido respuesta alguna. 

El colectivo del casco histórico se ha puesto a disposición del Concello para redactar una nueva ordenanza «que tenga sentido», pero aún no ha recibido respuesta. Consideran que al anulación de las sucesivas normas en los últimos años deberían hacer recapacitar al gobierno local a la hora de consensuar los textos.